El Síndic de Greuges de Cataluña ha solicitado al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias que la Cartera de Servicios Sociales reconozca un servicio específico de estancia residencial temporal para niños con discapacidad intelectual. Un programa de respiro que también incluya a los jóvenes con trastornos de conducta y que conceda unos días de descanso a los cuidadores no profesionales que habitualmente los atienden.
También ha recomendado al Departamento que ofrezca en todo el territorio servicios residenciales de estancia temporal para las personas mayores y para las personas con discapacidad intelectual o física y que atienda las necesidades de descanso de los cuidadores.
En este sentido, el descanso resulta esencial para poder garantizar la calidad de la atención y para evitar situaciones de desistimiento que afectan también la estabilidad y la calidad de vida tanto del cuidador como de la persona dependiente.
La Generalitat ha reconocido que la Cartera de Servicios Sociales vigente prevé únicamente prestaciones de servicio residencial en el ámbito de las personas mayores y de las personas con discapacidad con carácter temporal o permanente. Pero también ha constatado que actualmente este servicio no está cubierto. El Síndic reclama que se articulen programas para garantizar los derechos de las personas afectadas según establece la Cartera de Servicios Sociales vigente.
A la práctica, solo asume este servicio la Diputación de Barcelona con el programa Respir, que tiene limitaciones lógicas derivadas de sus competencias, del ámbito territorial y de las restricciones presupuestarias. Este plan sí que incluye a los niños y adolescentes a partir de los seis años, pero no se organiza la asistencia a partir de recursos específicos por edad.
La demanda del servicio actualmente existente por parte de usuarios menores de dieciocho años ha ido en aumento (de un 15,03% en 2013 a un 20,88% en 2016) como también han aumentado los ingresos en centros (de un 13.98% en 2013 al 22,04% en 2016), en aumento progresivo a lo largo de los últimos tres años.
El Síndic ha recibido quejas de familias de niños y adolescentes usuarios de esta prestación de las que se desprende que existen dificultades y carencias relacionadas con la cobertura del servicio, ya que, por ejemplo, no pueden atender las necesidades derivadas del trastorno de conducta que algunos de los usuarios tienen asociado a la discapacidad.
El Departamento de Trabajo ha respondido que actualmente está diseñando conjuntamente con el Departamento de Salud un recurso residencial con intensidad psiquiátrica adecuada para atender niños y adolescentes que presentan trastorno de conducta y que este recurso ofrecerá plazas para el servicio de respiro.
En cuanto a los recursos para adultos, el Síndic también ha recibido quejas porque, excepto en la provincia de Barcelona (cubierta por el programa Respir de la Diputación de Barcelona), a los beneficiarios de centros de día y del Sistema para la autonomía personal y atención a la dependencia (SAAD) que solicitan una estancia temporal en un centro residencial se los deriva a servicios sociosanitarios y no a servicios residenciales de carácter temporal, a los que tienen derecho, según establece la Cartera de Servicios.