El síndic de greuges, Rafael Ribó, ha alertado de algunos derechos lingüísticos que podrían verse afectados en caso de una sentencia restrictiva del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña del año 2006. Ribó ha comparecido en el pleno del Parlamento para explicar el informe 2009 que entregó a la cámara el pasado mes de febrero.
En concreto, Rafael Ribó, ha hecho referencia a una posible modificación del Estatuto en el apartado que declara el catalán como lengua vehicular y de aprendizaje en el ámbito de la enseñanza. El síndic ha recordado que la misma ley que fija el catalán como lengua propia de la enseñanza, garantice también el derecho a recibir la primera enseñanza también en castellano.
Diferentes sentencias del Tribunal Constitucional (195/1989 de 27 de noviembre y 337/1994 de 23 de diciembre) han desligado el derecho a la educación del establecimiento de una lengua vehicular en la enseñanza y han avalado el sistema de inmersión lingüística en Cataluña. En ningún momento incluyen como parte del derecho constitucionalmente garantizado el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación en la lengua que escojan.
El hecho de que el catalán sea la lengua normalmente utilizada en los centros de enseñanza responde al sistema llamado de conjunción lingüística, declarado legítimo constitucionalmente en virtud de la sentencia del Tribunal Constitucional 334/1994, puesto que responde a un propósito de integración y cohesión social en la comunidad autónoma, independientemente de cual sea la lengua habitual del ciudadano.