El síndic de greuges, Rafael Ribó, ha enviado un informe a la defensora del pueblo con propuestas de cambios a la normativa estatal para evitar que las parejas catalanas constituidas de acuerdo con el derecho civil catalán y en las que uno de los integrantes tenga nacionalidad extracomunitaria se les vete el derecho a la tarjeta de residencia familiar.
En la carta que el Síndic ha enviado a la nueva defensora del pueblo, se le pide que valore enviar dichas recomendaciones al Ministerio de Justicia y al del Interior del Gobierno español.
En concreto el Síndic recomienda incluir en la normativa estatal la regulación que, en materia de las uniones estables de pareja, ha llevado a cabo Cataluña en uso de su competencia específica en materia de derecho civil propio.
El Código Civil catalán prevé que la acreditación de la convivencia estable en pareja se puede llevar a cabo mediante escritura pública o acta de notoriedad. Y según nuestro Código Civil dos personas se consideran pareja estable cuándo existe, cómo mínimo, uno de los siguientes supósitos:
Con relación a los registros municipales de parejas estables, el Síndic considera que su supresión no es contraria a derecho, dado que es una decisión que queda en el ámbito de las potestades de organización y de autonomía local y muchos ayuntamientos ni tan solo los habían creado.
En cualquier caso, en Cataluña la decisión de las parejas de registrarse no está en sus manos. Por ello el Síndic propone la modificación normativa al Estado para evitar que sigan recibiendo un trato menos favorable con respecto a otras parejas.
El Síndic también propone que en aquellas comunidades, como Cataluña, que disponen de un derecho civil propio con competencias exclusivas en la materia, la entrada y la residencia de los familiares de parejas de hecho con nacionalidad de algún país de la UE, comporte para ellos el derecho a circular y residir conforme al régimen comunitario y no como hasta ahora que se procede a la remisión automática al régimen general de extranjería.
Finalmente, Ribó recomienda incluir en la ley reguladora del Registro Civil la inscripción de les parejas de hecho, dado que es el Estado quien ejerce la competencia exclusiva en materia de ordenación de los registros.