El procedimiento de arbitraje se debe iniciar en un plazo máximo de tres meses y finalizar en el plazo posterior de seis meses. En los casos de doble engaño se deben devolver inmediatamente las cantidades invertidas, con la garantía del FROB. El Síndic notifica los hechos a la fiscalía para que adopte las medidas pertinentes.
A raíz de una reunión con el alcalde de Mataró, Joan Mora, el síndic de greuges, Rafael Ribó, abrió una actuación de oficio para investigar la situación de los afectados primero por la comercialización de las participaciones preferentes de Caixa Laietana y posteriormente por el canje de éstas por acciones de Bankia.
El Síndic constata que en Mataró existen unos 4.500 casos que afectan a unas 15.000 personas de las unidades familiares. Por otro lado, más del 90% de los afectados de Caixa Laietana canjearon las preferentes por acciones de la entidad, hecho que agravó la situación cuando esta entidad fue absorbida por Bankia. Estos últimos afectados tienen la complicación añadida de no poder acogerse al sistema de arbitraje pactado a finales de enero de 2013 por el PP y el PSOE.
En vista de la situación, y en la línea de la resolución del Síndic sobre las preferentes, emitida en diciembre de 2012, en que denunciaba que había existido mala praxis y una importante falta de ética en la comercialización de las participaciones preferentes, en este nuevo caso el Síndic recomienda:
a) Que las administraciones públicas competentes (Ministerio de Economía y Competitividad, Comisión Nacional del Mercado de Valores, Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) adopten las medidas adecuadas para someter a arbitraje los casos de todas las personas que contrataron participaciones preferentes con Caixa d’Estalvis Laietana y que posteriormente las canjearon por acciones de Bankia.
b) Que el procedimiento de arbitraje citado se inicie en un plazo máximo de tres meses y finalice en el plazo posterior de seis meses.
c) Que, en los casos más flagrantes en que se produjo un doble engaño, se adopten las medidas adecuadas para devolver inmediatamente las cantidades invertidas a las personas afectadas, con la garantía del FROB.
d) Que la Generalitat de Catalunya, a través de los departamentos de Economía y Conocimiento y de Empresa y Ocupación, debe instar las actuaciones necesarias para que se pueda dar cumplimiento a las medidas propuestas en esta resolución.
Asimismo, y dada la gravedad de la situación, el Síndic considera que es procedente notificar a la fiscalía los hechos expuestos para que, si lo considera oportuno, adopte las medidas pertinentes, además de trasladarle las quejas recibidas hasta ahora y las que se puedan recibir próximamente.
Además del síndic y del alcalde de Mataró, también han asistido a la presentación de la resolución del Síndic el gerente del Ayuntamiento de Mataró, Francesc Esteve; el presidente del Consejo Comarcal del Maresme, Miquel Àngel Martínez, y representantes de la Comisión Municipal de Afectados por las Preferentes.