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El Síndic insta a la Generalitat y al Gobierno del Estado a instalar un tranvía en el tramo actual Port Aventura - L'Hospitalet de l'Infant

12/06/2018

Destaca la importancia de potenciar un transporte público que sea más sostenible

El desmantelamiento de una infraestructura que podría ser reutilizada para garantizar la movilidad con un mínimo efecto negativo para el medio ambiente vulneraría el derecho a la movilidad

Desde principios del año 2018 el Síndic de Greuges ha recibido más de 200 quejas por el desmantelamiento de la línea de ferrocarril Port Aventura - Salou - Cambrils - Mont-roig del Camp - L'Hospitalet de l'Infant. Según exponen los afectados, dada la falta de interés de la Generalitat para adecuarla al sistema de tren-tranvía de forma inmediata, el desmantelamiento deja sin alternativa que facilite o mejore la movilidad de las personas usuarias de la red de Cercanías de Cataluña, teniendo en cuenta la lejanía de la variante del Corredor Mediterráneo respecto de los núcleos de población más importantes, como son Salou y Cambrils, que, además, pierden la conexión entre ellas.

Es bien sabido que la red de Cercanías de Cataluña sufre numerosas deficiencias, por lo que, la desaparición de una línea que da servicio anualmente a más de 675.000 personas de los municipios de Salou y Cambrils hace necesario un estudio exhaustivo del caso y una decisión motivada.

Las quejas recibidas ponen de manifiesto que el desmantelamiento de esta línea contradice las determinaciones territoriales del Plan Territorial Parcial del Camp de Tarragona, donde se recogen las actuaciones de acondicionamiento tren-tranvía y establece que el sistema ferroviario y tranviario tiene un carácter estratégico y prioritario dentro de las infraestructuras de movilidad y transporte. También manifiestan que implicará consecuencias relevantes de carácter ambiental y social en la región; y que no respeta las determinaciones de la Ley 38/2015, del sector ferroviario, puesto que no se ha optado por su traspaso previo a la Generalitat de Cataluña y esta no ha emitido los informes pertinentes. Además, las personas afectadas exponen que las estaciones más próximas quedarán a dos kilómetros de las actuales, lo que se traduce en media hora a pie, aproximadamente, hecho que las hace absolutamente inadecuadas si no se desea utilizar el coche privado.

Efectivamente, la Ley estatal 38/2015, del sector ferroviario, establece que el Ministerio de Fomento puede excluir una determinada infraestructura ferroviaria de la Red Ferroviaria de Interés General siempre que hayan desaparecido los motivos que justificaron su inclusión. Sin embargo, también establece la posibilidad de que sea traspasada a la comunidad autónoma correspondiente, a instancia de la comunidad autónoma o del Ministerio de Fomento. Además, determina que, antes de la clausura de una línea, el Ministerio de Fomento debe poner esta posibilidad en conocimiento de las comunidades autónomas y entidades locales que puedan resultar afectadas. Tras haber solicitado información a las administraciones, el Síndic no tiene constancia de la emisión por parte de la Generalitat de Cataluña de este informe previo y tampoco de la comunicación del acuerdo de clausura del Ministerio de Fomento a la Generalitat o a los ayuntamientos afectados. Frente este hecho, el Síndic ha informado del caso al Defensor del Pueblo con el objetivo de que este pida información concreta al Ministerio de Fomento acerca del estado de los informes previos y comunicaciones.

Así mismo, el Síndic ha hecho llegar toda una serie de recordatorios legales, sugerencias y recomendaciones a las administraciones afectadas y pide que se le informe de las decisiones adoptadas al respecto.

En este sentido, al Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat le recuerda que debe defender frente al Ministerio de Fomento - conjuntamente con los municipios afectados - el proyecto de acondicionamiento tren-tranvía de la actual línea ferroviaria, habilitando los estudios, proyectos y recursos administrativos y económicos que sean necesarios. De acuerdo con esto, el Síndic solicita al Departamento que valore la decisión de instar el expediente de traspaso de esta línea; que convoque una reunión del Consejo de la Movilidad para evaluar el desmantelamiento de esta línea, así como sus consecuencias en la movilidad y las alternativas posibles; y determine - antes de su establecimiento y de acuerdo con los ayuntamientos afectados y la Autoridad Territorial de la Movilidad del Camp de Tarragona - las condiciones de integración del sistema tranviario, tanto desde el punto de vista urbanístico como de gestión del sistema vial, por medio de un plan especial urbanístico del sistema tranviario.

A los ayuntamientos de Cambrils y Salou, que han de defender frente al Ministerio de Fomento el proyecto de acondicionamiento tren - tranvía de la actual línea ferroviaria, les recuerda que deben participar en la determinación, antes de su establecimiento y junto con el Departamento de Territorio y Sostenibilidad y la Autoridad Territorial de la Movilidad del Camp de Tarragona, de las condiciones de integración del sistema tranviario y solicitar un informe del Programa de Planeamiento Territorial, una vez aprobados inicialmente los planes urbanísticos de iniciativa municipal.

Con carácter general, y para todas las administraciones, el Síndic reclama:

  1. Promover políticas de transporte y de comunicación, basadas en criterios de sostenibilidad, que fomenten la utilización del transporte público y la mejora de la movilidad y garanticen la accesibilidad para las personas con movilidad reducida
  2. Planificar la movilidad tomando como base la prioridad de los sistemas de transporte público y colectivo (Ley 9/2003, de 13 de junio, de la movilidad).
  3. Adoptar medidas en materia de transportes y movilidad encaminada a reducir la vulnerabilidad y las emisiones de gases con efecto de invernadero, para avanzar hacia un modelo de transporte público, colectivo e intermodal que no se base en la tenencia de vehículo privado y que fomente el uso generalizado del transporte público y otras formas de transporte sostenible sin emisiones de gases con efecto de invernadero (Ley 16/2017, del 1 de agosto, del cambio climático).

El Síndic recuerda que es preciso potenciar el transporte público, especialmente si tenemos presente que desgraciadamente los efectos del cambio climático ya se hacen evidentes en la vida cotidiana.

En este sentido, cabe impulsar un transporte público que sea más sostenible y que provoque menos emisiones contaminantes a la atmósfera, al mismo tiempo que optimice las opciones de movilidad de las personas.

Por todo lo expuesto el Síndic insta al Gobierno de la Generalitat de Cataluña y al Gobierno del Estado para que, conjuntamente, busquen la mejor solución técnica a fin de convertir la actual línea ferroviaria en una infraestructura de transporte público intermunicipal (tren-tranvía). Este asunto debería figurar entre los asuntos prioritarios en la agenda a tratar entre ambos gobiernos.

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