A pesar de que ha detectado algunas prácticas que deberían mejorarse, constata que las escuelas abordaron los hechos de forma correcta
El objetivo principal es defender los derechos del alumnado
Los contenidos de carácter político deben tratarse con respeto al principio de pluralismo. Esto no significa que el alumnado o el profesorado no puedan exponer sus opiniones, sino que todas las opiniones puedan expresarse libremente y con respeto
Sobre los hechos del 1-O, el Síndic ha recibido durante el período comprendido entre los meses de septiembre de 2017 a mayo de 2018 un total de 9 quejas y 25 consultas, y también ha abierto 2 actuaciones de oficio
El síndic de greuges, Rafael Ribó, acompañado por la adjunta para la defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia, M. Jesús Larios, ha comparecido este lunes 9 de julio frente a la Comisión del Síndic en el Parlament para exponer sus conclusiones sobre el tratamiento en algunas escuelas de los hechos del 1-O. En general, ha constatado que la actuación de los centros fue correcta, y a pesar de que ha detectado algunas prácticas mejorables, se trata de casos muy puntuales.
Como en todas las investigaciones que la institución del Síndic lleva a cabo en el ámbito de la educación, su objetivo primordial es defender los derechos del alumnado y garantizar el interés superior del niño de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño. Tanto dicha Convención como el resto del ordenamiento jurídico correspondiente incorporan la libertad de pensamiento y de conciencia de las personas como un derecho fundamental. La Ley de educación de Cataluña prevé el pluralismo y la exclusión de cualquier forma de proselitismo o adoctrinamiento como principios rectores de nuestro sistema educativo (art. 2).
El Síndic también ha tenido en cuenta los derechos del profesorado. La libertad de cátedra, por ejemplo, permite que los profesores puedan expresar opiniones.
En el marco de esta investigación, el Síndic ha elaborado el informe El pluralismo en las escuelas de Cataluña como garantía de no-adoctrinamiento. El documento, que ha presentado recientemente, concluye que en Cataluña no existe adoctrinamiento sistemático. Se trata de un análisis exhaustivo desde dos vertientes: por un lado, las quejas e incidencias registradas, y por el otro, el currículum escolar y el contenido de los libros de texto.
Durante la comparecencia, el Síndic ha considerado oportuno clarificar que el derecho a la educación va más allá de la transmisión de conocimientos: la situación política debe tratarse en el aula porque forma parte del derecho a la educación.
Del mismo modo, los contenidos de carácter político deben tratarse con respeto al principio de pluralismo. Esto no significa que el alumnado o el profesorado no puedan expresar sus opiniones, sino que todas las opiniones puedan expresarse libremente y con respeto.
Son dos ejemplos de algunos aspectos que, a menudo, si no se tienen en cuenta pueden desvirtuar el discurso cuando el debate sale del ámbito puramente educativo y entra en la esfera política.
En cuanto a las actuaciones concretas, a raíz de la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017, convocado por la Generalitat de Cataluña y suspendido por el Tribunal Constitucional, el Síndic ha recibido durante el período comprendido entre los meses de septiembre de 2017 a mayo de 2018 un total de 9 quejas y 25 consultas, y también ha abierto 2 actuaciones de oficio.
Estas quejas, consultas y actuaciones de oficio hacen referencia, fundamentalmente, a incidencias supuestamente ocurridas en los debates organizados en las aulas para debatir los hechos sucedidos durante la celebración del referéndum, al trato al alumnado, a la presencia de simbología política en los centros, a la participación del alumnado en actos de protesta y de huelga o a la parada general convocada para el 3 de octubre sin servicios mínimos en los centros educativos.
Algunas de las quejas (un tercio del total, 12 de 36), sin embargo, van en sentido contrario, y tienen que ver con el acoso al profesorado y con el cuestionamiento de su profesionalidad por parte de determinadas instancias políticas y medios de comunicación.
Cabe decir, no obstante, que de estas 36 quejas, consultas o actuaciones de oficio, si bien todas pueden ser indicativas de malestar sobre una situación existente, en tan sólo 7 casos (7 centros educativos de 6 municipios diferentes) incorporan incidencias concretas y, por lo tanto, posibilidades de verificación. En el resto de casos, o bien son quejas genéricas, sin mencionar ningún centro en concreto, o bien han sido presentadas por personas no directamente afectadas, ocasionalmente residentes fuera de Cataluña, que siguen la actualidad a través de los medios de comunicación y que expresan su desacuerdo sobre noticias que estos medios exponen.