Recuerda que debe darse cumplimiento a la Ley de memoria histórica
Del mismo modo que ha intervenido para solicitar la retirada de los monumentos de Tortosa y Sant Carles de la Ràpita, y de las placas aún presentes en muchos inmuebles de la ciudad de Lleida, entre otros, el Síndic investigará este caso y aclarará si se ha dado cumplimiento a la Ley de memoria histórica (2007).
El Síndic tenido conocimiento de la existencia de dicho mausoleo tras la aparición en los medios de comunicación de la iniciativa de un grupo parlamentario para solicitar su retirada. En el marco de la actuación de oficio, el Síndic tiene previsto dirigirse la Dirección General de Memoria Democrática del Departamento de Justicia y solicitar el motivo por el que este conjunto arquitectónico no consta, según la prensa, en el censo en el que se recogen 3.647 símbolos fascistas clasificados en 12 tipos diferentes.
El Síndic reitera que la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, de memoria histórica, reconoce y amplía derechos y establece medidas en favor de quien sufrió persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura y, en su artículo 15, dispone que las administraciones públicas deben tomar las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativos de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura. La propia Ley establece que deben impulsarse políticas públicas relativas a la conservación y fomento de la memoria democrática; en esta línea, el Síndic investigará las actuaciones realizadas por las administraciones públicas.
Una vez más, alerta de la asignatura pendiente del Estado español de afrontar el pasado y hacer justicia, tal y como destaca un informe del relator especial de las Naciones Unidas sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no-repetición, Pablo de Greiff.