El Síndic ha abierto una actuación de oficio tras tener conocimiento del ingreso en la UCI pediátrica del Hospital de la Vall d'Hebron de un bebé por posibles malos tratos por parte de su progenitor
El Síndic se dirigirá a la Administración municipal, a la DGAIA y al Departamento de Salud para conocer la intervención de las diferentes administraciones implicadas en la prevención de este posible caso de maltrato infantil y valorar el funcionamiento de los protocolos de coordinación existentes. Hay que determinar en cualquier caso si puede haber signos previos no detectados adecuadamente por parte de las referidas instancias.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño establece la obligación de los estados de proteger a los menores contra todas las formas de violencia física o mental mientras está bajo la tutela de sus padres, tutores legales o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. En Cataluña, la Ley 14/2010, sobre los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia, establece la obligación de los poderes públicos de tomar todas las medidas necesarias para proteger a los menores de cualquier forma de maltrato.
El Síndic recuerda que en marzo de 2016, en ocasión de la muerte de un bebé, pidió medidas específicas para la protección de los bebés (o niños pequeños) en situación de riesgo, con el fin de garantizar un seguimiento y una atención más intensivos, debido a su enorme vulnerabilidad por razón de su edad, y dado que se encuentran en una etapa en la que no hay otros servicios que garanticen su seguimiento indirecto.
Entre otros, reclamó más recursos de apoyo familiar de acompañamiento a la parentalidad, una mejora de la coordinación de los servicios, una mejora de la formación especializada sobre las situaciones de maltrato y de desprotección infantil en los equipos y profesionales de los servicios de atención social primaria y otros programas de apoyo familiar, y también a los profesionales de otros ámbitos (servicios de atención básica de salud, centros escolares, servicios de ocio educativo, etc.) para asegurar la capacidad de detección del maltrato y las acciones para proteger a los menores que lo padecen.
Igualmente, pidió que se garantice la financiación y se refuerce la provisión de servicios y programas preventivos de crianza positiva y de apoyo a las familias, como el programa externo de acompañamiento a la maternidad, en las diferentes etapas y momentos clave del ciclo vital y en determinadas circunstancias específicas (conflictos familiares, etc.), especialmente cuando los progenitores pueden sufrir más dificultades en el ejercicio de sus funciones parentales.
Finalmente, el Síndic instó a garantizar la coordinación entre los servicios sociales básicos y los servicios de salud (servicios pediátricos, centros hospitalarios, etc.) para que los profesionales sanitarios dispongan de la información relativa a la situación de riesgo de los menores que atienden y que la selección incorpore una variable compatible con la detección del maltrato cuando los menores asisten a servicios de atención primaria y de urgencia.