A raíz de la explosión ocurrida en la empresa Iqoxe de la Canonja el pasado 14 de enero de 2020, el Síndic inició una actuación de oficio para analizar la actuación de las administraciones públicas competentes en estos hechos y, en concreto, para estudiar aspectos como la coordinación entre las administraciones públicas, la aplicación de los planes y los protocolos de protección civil y las afectaciones al medio ambiente.
En este sentido, en fecha 29 de enero de 2020, el Síndic se dirigió a las diferentes administraciones implicadas para solicitar información detallada sobre diversos extremos. Una vez recibida y analizada la información de las administraciones, el Síndic ha hecho llegar el documento final de recomendaciones y sugerencias a las administraciones y actores afectados (departamentos de la Generalitat, ayuntamientos y entes locales, sindicatos y asociación empresarial química, asociaciones vecinales, entidades ambientales, URV). También se ha hecho llegar al Parlamento de Cataluña, que recientemente ha reanudado sus trabajos en este ámbito mediante la comisión de estudio de la seguridad en el sector petroquímico.
A partir de las informaciones recibidas y de la investigación llevada a cabo, el Síndic constata que en estos hechos se vieron afectados los derechos de las personas tanto a ser atendidas en caso de catástrofe como de ser informadas de los riesgos colectivos importantes que les afectan, las medidas previstas y adoptadas para hacerles frente y las conductas a seguir para prevenirlos. Asimismo, y en vista de los mensajes emitidos en las redes sociales por el Departamento de Interior sobre el confinamiento de la población y la falta de activación de las sirenas, el Síndic también recuerda la vigencia de recibir información e instrucciones de manera amplia, precisa y eficaz acerca de las medidas de seguridad a tomar y la conducta a seguir en caso de emergencia.
La aprobación del nuevo PLASEQTA 2020 por el Gobierno de la Generalitat confirma la necesidad de cambios en la gestión de las emergencias químicas en Tarragona. Por ello, el Síndic recomienda que el Departamento de Interior realice las actuaciones de preparación de la población, formación e información previstas en el nuevo PLASEQCAT 2020 y que cumpla el calendario establecido. Igualmente, se debe respetar el proceso de implantación del plan, hacer un esfuerzo especial a fin de ajustar las acciones previstas en el programa de cuatro años 2020-2023 y realizar las evaluaciones, los análisis y las revisiones del plan en los plazos fijados.
El informe final de la Tabla de evaluación y seguimiento constituida por el Gobierno de la Generalitat a raíz de la explosión a Iqoxe también señala una serie de medidas a implementar que deben permitir una mejor respuesta ante episodios similares.
Sin embargo, el Síndic recomienda ir más allá de este informe con un acuerdo del Gobierno que apruebe el calendario de ejecución, el presupuesto y el órgano administrativo que sea responsable de la adopción de cada medida concreta para que se garantice una adecuada implementación.
En esta misma línea, el Síndic recomienda que se dé apoyo económico y asistencia técnica a los 29 municipios que, de acuerdo con el nuevo PLASEQCAT 2020, deben elaborar un plan de emergencia municipal para accidentes en establecimientos industriales que manipulan sustancias peligrosas que formará parte del Documento único de protección civil municipal (DUPROCIM). Y, por supuesto y de cara al futuro, se debe garantizar que las informaciones sobre las emergencias y la activación de los planes de actuación correspondientes llegan a las alcaldías con la máxima fluidez y efectividad de acuerdo con los planes aprobados, dada su consideración de autoridades de protección civil en el ámbito municipal.
En coherencia con todo ello, es esencial que el Departamento de Interior trabaje con todos los actores (administraciones y empresas) para implantar con la máxima celeridad posibles sistemas de alerta a la población complementarios a las sirenas de riesgo químico y especialmente un sistema universal de alerta geolocalizada en teléfonos móviles.
En cuanto a las personas afectadas, es necesario que se refuerce la información, la orientación y el asesoramiento sobre el ejercicio de sus derechos para la defensa de sus intereses, las vías que pueden utilizar y la reclamación de una indemnización por los daños causados. Por ello, el Síndic recomienda aprobar y tener preparados protocolos o procedimientos de actuación en relación con las empresas aseguradoras para facilitar la tramitación y la gestión de las reclamaciones de daños por parte de las personas afectadas. Apostar por la implementación de procedimientos extrajudiciales, ágiles y económicos para la indemnización de daños a las personas afectadas también es una forma de contribuir a la garantía de sus derechos.
Igualmente, es preciso tener aprobados planes o protocolos de actuación social y atención psicológica a las personas para casos de emergencia y la Inspección de Trabajo debe intervenir en relación con la prevención de riesgos laborales, la coordinación de actividades empresariales y la formación del personal.
En todo caso, para preservar los derechos de las personas e incrementar la confianza en las administraciones públicas en la protección civil y la gestión de emergencias, hay que reafirmar el compromiso, la transparencia, el control y, especialmente, la evaluación y la rendición de cuentas de las administraciones en la emergencia que representó la explosión en la empresa Iqoxe. Una evaluación pública, con los actores sociales, empresariales y sindicales más relevantes, constituiría un ejercicio del derecho a la participación ajustado a las personas y a las necesidades del territorio, que, precisamente, ha justificado la aprobación del nuevo PLASEQTA 2020 "en los factores singulares de peligro, vulnerabilidad y exposición que se dan en este territorio en relación con los establecimientos industriales que manipulan sustancias peligrosas".
Finalmente, otro conjunto de consideraciones del Síndic hace referencia al derecho a un medio ambiente equilibrado, sostenible y respetuoso con la salud, que incluye el derecho a la protección frente a las diferentes formas de contaminación y a acceder a la información ambiental en poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos que la tengan en su nombre, derechos especialmente relevantes en esta emergencia.