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El Síndic alerta del impacto sobre la salud física y psíquica que conlleva la pérdida de la vivienda habitual

15/06/2021

foto (c) Google maps

Es necesario un plan de choque para dar respuesta efectiva a las situaciones de emergencia residencial

Es imprescindible incrementar el parque de viviendas con destino a políticas sociales hasta alcanzar 15% del parque total de viviendas construido

El Síndic ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación del suicidio de un hombre poco antes de ser desahuciado en Barcelona, después de que el juzgado que conoce el caso hubiera desestimado el informe de vulnerabilidad redactado por los servicios sociales del Ayuntamiento, en el que se pedía suspender el desahucio al entender que no cumplía con los requisitos necesarios.

Durante los últimos años el Síndic se ha pronunciado en relación con la dramática situación en la que, ante la imposibilidad de acceder a una vivienda asequible, se encuentran muchas personas que malviven en espacios y/o en condiciones inadecuadas (infraviviendas, habitaciones realquiladas, situaciones de sobreocupación...) así como también respecto al impacto sobre la salud física y psíquica que conlleva la pérdida o el riesgo de pérdida de la vivienda habitual.

Dada la grave situación en que actualmente se encuentran muchas personas, que no ven garantizado su derecho a la vivienda en Cataluña, el Síndic reclama la adopción de las medidas necesarias para revertir esta situación y reitera las siguientes sugerencias:

- Son necesarias medidas y ayudas públicas para evitar que las dificultades en el pago del alquiler deriven en situaciones de emergencia económica y social.        

- Es imprescindible un plan de choque para dar respuesta efectiva a las situaciones de emergencia residencial que prevea, al menos, un sistema ágil de valoración de las situaciones de emergencia, recursos residenciales temporales adecuados para garantizar el realojo de urgencia cuando sea necesario, la revisión de los protocolos existentes entre los Juzgados y la Administración, de forma que se garantice el realojamiento de las personas afectadas antes de que se produzca la situación de lanzamiento y la disposición de un número suficiente de viviendas sociales para garantizar el realojo de las personas afectadas.

- Es imprescindible incrementar el parque de viviendas con destino a políticas sociales hasta alcanzar, al menos, el mandato de solidaridad urbana que estableció la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda (15% del parque total de viviendas construido), haciendo uso de todas las vías e instrumentos posibles (promoción de viviendas de protección oficial, ejercicio de los derechos de tanteo y retracto, acuerdos de cesión de viviendas con grandes tenedores, la movilización del parque de viviendas desocupado...) 

- Es preciso consensuar entre las diferentes administraciones y agentes que intervienen en materia de vivienda un pacto nacional que permita sentar las bases de unas políticas públicas que, a medio y largo plazo, permitan incrementar la oferta de vivienda asequible para favorecer la acceso a la vivienda de la ciudadanía en general y el de aquellas personas y colectivos más vulnerables en particular.        

La llegada de la COVID-19 ha agravado las dificultades con que muchas personas ya se encontraban a la hora de hacer frente al coste económico del mantenimiento de la vivienda habitual, al tiempo que ha llevado a que muchas personas que, hasta ahora, habían podido pagar el alquiler o el préstamo hipotecario de su vivienda habitual hayan pasado a no poder hacerlo.

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