Los datos publicados muestran que durante el curso 2021/2022 la coeducación y la educación afectivo-sexual sólo se imparte en un 21,4% de los centros de primaria y de secundaria
En el informe del Síndic sobre los derechos del niño del año 2019 se hizo constar en la parte de seguimiento un nivel medio de cumplimiento de las recomendaciones del Síndic relativas al Plan de coeducación y educación afectivo-sexual en los centros educativos.
El Departamento de Educación comunicó al Síndic el compromiso de desarrollar un proyecto que ayudara a los centros educativos a trabajar explícitamente la coeducación y la educación afectivo-sexual, y posteriormente informó sobre el trabajo que se estaba desarrollando en el ámbito de formación, reglamentación y documentación de los centros y sobre un proyecto con enfoque interdisciplinario, con materiales y herramientas diversas, para ayudar a los centros educativos a introducir la perspectiva de género y trabajar explícitamente la coeducación y la educación afectivo-sexual.
Además, el Departamento de Educación también comunicó al Síndic el desarrollo de un proyecto con un enfoque interdisciplinario que ayudara a los centros educativos a trabajar explícitamente la coeducación y la educación afectivo-sexual. El proyecto debía desarrollarse en tres fases. El curso 2019/2020 tenía que llegar a 300 centros y el 2020/2021, a todos los centros públicos de Cataluña y a los concertados que se quisieran añadir. Sin embargo, de acuerdo con las informaciones hechas públicas recientemente por la Administración, el curso 2021/2022 sólo se imparte en un 21,4% de los centros de primaria y de secundaria. Además, es de carácter voluntario, por lo que tanto los centros públicos como los concertados que quieran seguirlo deben solicitar expresamente su adhesión.
En este contexto, el Síndic recuerda al Departamento de Educación que el Parlamento de Cataluña, en octubre de 2020, instó al Gobierno de la Generalitat a garantizar que en el plazo de tres cursos todos los centros educativos del Servicio de Educación de Cataluña habrían introducido la educación sexual y afectiva y la perspectiva de género de forma transversal a lo largo de todas las etapas de la educación obligatoria en su proyecto educativo. También le hace notar que la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia ante la violencia, establece que los menores, en todas las etapas educativas e independientemente de la titularidad del centro, deben recibir una educación afectivo-sexual, adaptada al nivel madurativo.
Paralelamente, el Consejo Asesor Joven (CAJ) del Síndic, integrado por jóvenes entre 14 y 15 años provenientes de varios centros educativos de Cataluña, ha señalado carencias en la formación recibida en sus respectivos centros, puesto que se ha centrado sólo en los aspectos reproductivos y en la prevención de enfermedades de transmisión sexual. En este sentido, han pedido al Síndic que traslade a los poderes públicos que es necesario que la formación afectivo-sexual sea holística y que profundice sobre aspectos relacionados con el respeto, el género, la autoestima, la libertad, la identidad y preferencia sexual, las diferencias entre sexo y género, las relaciones afectivas y sexoafectivas, la pasión, el placer y sobre todo los derechos.
En la misma línea se ha pronunciado la Red Europea de Defensores de la Infancia (ENOC), que recomienda que se incluya educación afectivo-sexual de alta calidad obligatoria dentro de la educación infantil, primaria, y secundaria; que los profesores, con el apoyo de actores externos, tengan una formación adecuada y continuada que les permita acompañar a los alumnos y responder ante situaciones concretas, y que se fortalezcan la calidad y la disponibilidad de los servicios de salud sexual, especialmente de los profesionales de la salud. En un paso más, ENOC insta a los gobiernos a tomar medidas efectivas para promover e implementar de manera integral la educación afectivo-sexual de los menores y a incluir en sus informes periódicos al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas referencias sobre las acciones realizadas a tal efecto.
Por todo lo anterior, el Síndic solicita al Departamento de Educación: