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''La contención mecánica debe ser la última medida y debe utilizarse solo en casos imprescindibles''

13/03/2023

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Se han visitado 33 centros con personas privadas de libertad

Las personas detenidas por la policía local deberían pasar directamente a disposición del cuerpo de Mossos d'Esquadra

Las visitas médicas deben hacerse en privado, y este derecho solo puede limitarse en casos excepcionales

Los niños tienen derecho a relacionarse con sus progenitores en la cárcel en entornos adecuados y amigables

Adolescentes con trastornos mentales y/o discapacidad están internos en centros residenciales de educación intensiva

La síndica de greuges de Cataluña, Esther Giménez-Salinas, y el adjunto general, Jaume Saura, acompañados de los miembros del Equipo de Trabajo Jaume Bosch y Mar Torrecillas, han debatido esta tarde en la Comisión del Síndic de Greuges el Informe anual del Mecanismo Catalán para la Prevención de la Tortura.

Este informe, que es el decimosegundo que se presenta al Parlamento, recoge la actividad llevada a cabo a lo largo del año 2022 por el Mecanismo Catalán para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (MCPT).

La síndica ha querido empezar su intervención agradeciendo el trabajo hecho a quien hasta hoy ha sido presidenta de la Comisión del Síndic de Greuges, Najat Driouech, y manifestando su voluntad de máxima colaboración al nuevo presidente, José Rodríguez, a quien ha deseado muchos aciertos.

Este año, se han visitado 33 centros en los que se encuentran personas privadas de libertad. La mayor parte de las visitas (16) corresponden a comisarías de policía, principalmente de las diferentes policías locales (8). También se han hecho 7 visitas a centros penitenciarios, 7 a centros de internamiento de menores, una a un centro de salud mental y una a un centro residencial para la tercera edad.

Aparte del resumen de las visitas realizadas, en el que se recogen las principales observaciones y conclusiones extraídas por el Equipo de Trabajo del MCPT, el informe de este año también incluye un estudio monográfico sobre las contenciones mecánicas en el sistema penitenciario de Cataluña. Entre las recomendaciones que se han realizado, destacan las siguientes: el objetivo en el ámbito de los medios coercitivos tiene que ser alcanzar cero contenciones mecánicas; la inmovilización y la contención mecánica tendrían que ser el último recurso en la resolución de situaciones conflictivas y una medida exclusivamente sanitaria, dados los riesgos que conlleva para la salud de las personas, y todo el personal penitenciario tiene que recibir la formación necesaria en la aplicación de las técnicas de desescalada y en la contención mecánica.

En cuanto a la función de custodia de personas detenidas por parte de las policías locales, el MCPT insiste un año más en la necesidad de que los ayuntamientos valoren, junto con el Departamento de Interior, la conveniencia de renovar los protocolos de coordinación vigentes para que las personas detenidas por la policía local pasen directamente a disposición del cuerpo de Mossos d'Esquadra.

También se continúa constatando que buena parte de las visitas médicas a las que tienen derecho las personas detenidas no se hacen en privado. Por ello, se ha vuelto a recordar que este derecho solo puede limitarse en casos excepcionales de riesgo; y que, dado que la atención médica es un derecho y no una obligación, si una persona renuncia a ella no puede forzársela a hacerse una exploración. En cuanto a los derechos de las personas detenidas, también se ha detectado que en algunos casos han pasado más de diez y doce horas hasta la primera asistencia letrada (la cual debería producirse en el plazo de tres horas, de acuerdo con lo que fija la ley).

Respecto a las condiciones materiales de la detención, el MCPT se muestra satisfecho con el hecho de que la Dirección General de la Policía ya tenga planificada la instalación de sistemas de videovigilancia en todos los espacios de custodia por donde transita la persona detenida, así como con los avances en la instalación de estos sistemas también en los vehículos.

Respecto a los departamentos especiales de régimen cerrado de los centros penitenciarios, el informe manifiesta que algunos están al límite de su capacidad y que sería necesario vaciarlos para hacer una buena gestión de los mismos. Además, se ha recomendado que deberían disponer de un plan de actividades, tanto en formato individual como grupal.

Las visitas realizadas este año han puesto de manifiesto, nuevamente, la necesidad de mejorar los espacios de comunicación familiar para garantizar entornos adecuados y amigables para los niños. En este sentido, si bien algunos centros penitenciarios han hecho avances significativos, aún falta mucho para que esta adecuación sea una realidad en el conjunto de prisiones catalanas.

En cuanto a los centros residenciales de educación intensiva, las visitas han permitido constatar que residen en ellos adolescentes con trastornos mentales y/o discapacidad, lo cual supone contravenir, por un lado, la normativa vigente, que prevé este tipo de recurso solo para trastornos conductuales; y por el otro, los derechos de los adolescentes a un recurso adecuado a sus necesidades.

El MCPT también valora positivamente que desde junio de 2021 la normativa prohíba la contención mecánica en la cama y la práctica de las contenciones físicas en niños y adolescentes. Sin embargo, manifiesta que comprobará si la supresión de este medio hace incrementar porcentualmente el número de jóvenes que son objeto de otros medios de contención (aislamiento provisional, contención física personal, sujeción mecánica de las muñecas, etc.).

Por último, a raíz de las visitas a centros residenciales de educación intensiva (CREI) se ha detectado que es necesario programar actividades terapéuticas grupales e individuales para trabajar la educación emocional, la prevención de la violencia machista, la igualdad de género y la no-discriminación, sobre todo porque las adolescentes internas en centros son particularmente susceptibles de verse implicadas en situaciones de explotación sexual.

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