El Síndic de Greuges ha presentado este jueves 16 de marzo el informe extraordinario El derecho a la convivencia, en que aborda las problemáticas relacionadas con la convivencia, tanto en cuanto a la ocupación de la vía pública como a las molestias relacionadas con la contaminación acústica.
En el informe se recomienda a las administraciones que doten al derecho al descanso de un marco normativo que garantice el cumplimiento y también que se impulsen campañas de sensibilización sobre la importancia del civismo y el respeto hacia los demás para alcanzar una convivencia adecuada.
El Síndic insta a recuperar el “derecho en la ciudad”, entendido como el derecho a disponer de un espacio público donde los diversos usos ciudadanos tengan cabida de manera equilibrada, pero dando prioridad a los derechos de las personas a vivir con las mínimas molestias posibles. Molestias que el informe relaciona con la actividad, entre otros focos, de las terrazas, las viviendas de uso turístico, el ocio nocturno, y también la ocupación del espacio público y la movilidad urbana con las bicicletas y los vehículos de movilidad personal (VMP), como por ejemplo los patinetes.
En cuanto al uso del espacio público por parte de los usuarios de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), el informe incide en el desequilibrio existente entre estos y los peatones. Así, recomienda que se reformule el diseño de las ciudades para poder destinar un espacio propio a la circulación de las bicicletas que fomente su uso como medio de transporte coherente con los modelos de movilidad urbana más sostenibles, seguros y equitativos.
Sobre la actual indefinición normativa con respecto al uso y a los espacios en que se pueden utilizar patinetes eléctricos de autobalanceo (segways), patinetes, escúteres, monopatines y otros aparatos de carácter más lúdico, el Síndic defiende que se debe resolver a partir de un principio rector: las aceras son, esencialmente, para los peatones, como también lo son las islas de peatones.
En cuanto a las molestias derivadas de las viviendas de uso turístico, tanto desde la perspectiva de contaminación acústica, como de los problemas de convivencia que pueden generar, el Síndic constata que la convivencia de pisos de uso turístico con pisos de viviendas habituales es difícil o directamente incompatible. Recomienda, entre otros, modificaciones legales y acciones decididas de la policía frente a las quejas vecinales
El informe también aborda los conflictos derivados de las terrazas en la calle. Sobre este punto, considera que es preciso que los municipios dispongan de una ordenanza de terrazas o bien que incorporen las previsiones de los horarios de abertura y de cierre de las terrazas en las ordenanzas de convivencia y civismo o de regulación de los establecimientos públicos, horarios que, en ningún caso, se pueden equiparar a los horarios del establecimiento principal del que dependen y que se deben hacer cumplir.
Buena parte del informe analiza los ruidos asociados a las múltiples actividades que tienen lugar en los núcleos habitados, como las obras, tanto públicas como privadas, las tiendas con ambientación musical, el servicio de recogida de residuos, las maquinarias en el desarrollo de actividades rutinarias, los motores de autobuses en las paradas de inicio/final de línea y la actividad en las zonas de carga y descarga. La Administración debe promover campañas divulgativas para que la ciudadanía tome conciencia de la afectación directa que provoca el ruido en la salud de las personas y en la convivencia ciudadana, pero también hace falta que los ciudadanos hagan un cambio de hábitos para conseguir que los ruidos se mantengan dentro de los límites permitidos.
El informe también recomienda la eliminación de los obstáculos constituidos de mobiliario urbano (bancos, sillas, esculturas, buzones, etc.) o elementos de urbanización de los espacios públicos (como palos de electricidad, árboles, cajas eléctricas) que limiten los itinerarios de peatones a las vías y otros espacios públicos, para garantizar que tanto los espacios como el mobiliario se adecuan a los requerimientos técnicos establecidos en la normativa de accesibilidad.
Por último, se analizan las molestias derivadas de la organización de actos con motivo de fiestas mayores o actividades extraordinarias y sugiere que es necesario hallar un equilibrio para compatibilizar la calidad del espacio público como medio acústicamente no contaminado y el derecho al descanso de los vecinos con la realización de la actividad económica y artística.