La protección de los niños frente al maltrato y al abuso fue uno de los motivos por los que el Síndic recibió el encargo legal específico en relación a los derechos de los niños y se creó la figura del adjunto o adjunta de infancia en el año 1989
Ha habilitado una línea de teléfono gratuito (900 922 488) y un correo electrónico (abus.sexual@sindic.cat) específicos para atender casos de abusos sexuales cometidos sobre niños
En cuanto a los casos en el seno de ámbitos eclesiásticos, el procedimiento de reparación tiene como finalidad facilitar a las víctimas de abuso sexual un espacio donde puedan expresar libremente su experiencia y una vía para solicitar una reparación por parte de la Iglesia
En cuanto a la prevención, la Comisión solicitará a los obispados con sede en Cataluña y a los representantes de las congregaciones religiosas establecidas en Cataluña interlocución y que aporten información sobre los procedimientos y las actuaciones internas
La protección frente al abuso sexual infantil ha sido un ámbito de actuación constante en la actuación del Síndic, quien lo ha abordado partiendo de su concepción como derecho del niño y, en consecuencia, con una perspectiva amplia, transversal y que incluye todos los espacios de vida de los niños, tanto públicos como privados. La protección de los niños del maltrato y el abuso fue precisamente uno de los motivos que en su día determinaron la atribución a la institución del Síndic de Greuges de un encargo legal específico en relación con los derechos de los niños y la creación de la figura del adjunto o adjunta al Síndic en el año 1989.
El Síndic de Greuges de Cataluña ha presentado este martes, 7 de mayo, en Barcelona la Comisión de reparación y prevención de abusos sexuales en el entorno de la Iglesia católica. El síndic, Rafael Ribó, avanzó a principios del año 2019 la creación de esta comisión a raíz de la serie de casos de abusos denunciados públicamente, prescritos y no prescritos, que han afectado a diversas órdenes religiosas, incluida la abadía de Montserrat.
La creación y entrada en funcionamiento de esta comisión se enmarca en las competencias que tiene atribuidas el Síndic en relación con la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño y el conjunto de normativa que regula los derechos de los niños, como institución independiente de defensa de los derechos humanos. La Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño fue ratificada a su día por la Santa Sede, y el Comité sobre los Derechos del Niño ha recordado que, con esta ratificación, la Santa Sede asumió el compromiso de aplicarla “no sólo dentro del territorio del Estado de la Ciudad del Vaticano, sino también en su condición de poder supremo de la Iglesia católica en todo el mundo, tanto en casos cometidos por particulares como en las instituciones sujetas a su autoridad” (observaciones finales sobre el segundo informe periódico de la Santa Sede, punto 8).
La Comisión se ha creado siguiendo unos patrones similares a los de diversas iniciativas internacionales, como por ejemplo de Irlanda, Bélgica o Alemania, y hace falta esperar contar con la colaboración de la Iglesia católica para que se realice la reparación correspondiente. El Síndic también exigirá la implicación de las administraciones públicas respecto a esta reparación.
El Síndic ha anunciado la puesta en funcionamiento de un servicio especializado de atención a las víctimas por medio de una línea telefónica gratuita (900 922 488) y de una dirección de correo electrónico (abus.sexual@sindic.cat ) habilitada especialmente para este fin. La atención será totalmente confidencial y la llevarán a cabo personas formadas específicamente. El horario del servicio telefónico será de las 10 a las 14 horas, de lunes a viernes. Fuera de esta franja horaria, se podrá dejar un mensaje en el buzón de voz.
El procedimiento de reparación pretende facilitar a las víctimas de abuso sexual un espacio donde puedan expresar libremente su experiencia y una vía para solicitar una reparación por parte de la Iglesia. Así, las personas que hayan sufrido abusos sexuales en Cataluña por parte de un representante de la Iglesia católica cuando tenían menos de 18 años pueden dirigirse en el Síndic de Greuges para solicitar que la Comisión abra un procedimiento de reparación.
Se entiende como reparación la expresión directa o indirecta a la víctima de un abuso sexual infantil por parte de un representante legítimo de la Iglesia católica de un reconocimiento de los hechos y de sus efectos, y de la responsabilidad institucional, acompañado, si corresponde, de una compensación económica razonable y proporcionada. Si el delito es vigente, se orientará hacia la denuncia correspondiente y, si ya ha prescrito, se estudiará cada situación y, en su caso, se aplicará el procedimiento descrito.
La Comisión entrevistará a todas las personas que lo deseen y dejará en sus manos el alcance de la investigación. Así, serán las mismas personas afectadas las que decidan hasta dónde quieren llegar, empezando por si autorizan el traslado de la denuncia a las autoridades eclesiásticas o no, y pueden decidir tan sólo entrevistarse con la Comisión.
En cuanto a la prevención, el Síndic ya ha solicitado interlocución a los obispados con sede en Cataluña y a los representantes de las congregaciones religiosas establecidas en Cataluña que aporten información acerca de los procedimientos y las actuaciones internas dirigidas a prevenir, detectar y dar respuesta a los abusos sexuales de niños actualmente.
La información recogida por la Comisión se tratará de acuerdo con la normativa vigente sobre protección de datos y se garantizará la máxima reserva y confidencialidad con respecto a los casos de qué tenga conocimiento.
Según el único estudio publicado hasta ahora sobre la prevalencia de los abusos sexuales por parte de religiosos en España, un 4,17% del total de abusos sexuales han sido cometidos por representantes de la Iglesia, cosa que afecta a un 8,96% de los hombres y a un 0,99% de las mujeres entrevistadas (López, 1994). Así, los abusos por parte de representantes de la Iglesia católica suponen una minoría sustancial que no se ha tratado y que requiere la intervención de las instituciones públicas. Según el Síndic, es necesario prestar una atención especial a los establecimientos de la Iglesia católica, dada su estructura jerárquica y de prevalencia que generan las relaciones de poder con marcada superioridad moral de los adultos que ejercen funciones en relación con los niños que atienden, tanto en el ámbito propiamente eclesiástico, como en establecimientos de tiempo libre y educativo de titularidad de la Iglesia católica.