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El Síndic investiga las actuaciones de los Mossos d'Esquadra de esta semana en Gràcia y Sants

20/09/2019

foto (c) Mossos d
Se ha dirigido al director general de la Policía para conocer los detalles del operativo y compararlos con los estándares internacionales

Ofrece a los testigos la posibilidad de relatar los hechos para contrastar la versión oficial y las informaciones de los medios

Recuerda que el uso de la fuerza debe ser el absolutamente necesario, con base legal y no se puede aceptar en ningún caso la arbitrariedad de las actuaciones

El Síndic de Greuges de Cataluña ha iniciado, de oficio, dos investigaciones a raíz de las actuaciones realizadas esta semana por el Cuerpo de Mossos d'Esquadra en los barrios de Gràcia y Sants. De acuerdo con las informaciones publicadas, en el barrio de Gràcia el Cuerpo de Mossos actuó frente a los manifestantes convocados a raíz del desalojo de una casa ocupada, y en el barrio de Sants contra las personas concentradas para protestar ante un posible desalojo, que fue suspendido finalmente.

A través de las informaciones aparecidas en los medios de comunicación y en las redes sociales, el Síndic ha podido visionar y analizar diversas vertientes de las intervenciones realizadas por el operativo policial. Sin embargo, considera imprescindible conocer de primera mano las versiones oficiales de los responsables del Departamento de Interior, así como el resultado de las investigaciones internas iniciadas. Por otra parte, y a fin de poder contrastar dicha información, se dirige a las personas que hayan sido testigos de los hechos, para que puedan, si lo desean, aportar más informaciones y pruebas para completar la investigación del Síndic.

Concretamente, el Síndic se ha dirigido al director General de la Policía para conocer el número de agentes que participaron en ambos operativos; las unidades que formaban parte; si sus identificaciones se ajustaban a lo dispuesto en el Decreto 217/2008, de 4 de noviembre; el número de personas identificadas y detenidas y el número de personas que requirió asistencia sanitaria. También se ha interesado por los criterios utilizados para ordenar la práctica de las cargas policiales, así como por los procedimientos internos para analizar los hechos a efecto de depurar, en caso de acreditarse actuaciones contrarías a los protocolos, las responsabilidades oportunas.

Las actuaciones de estas unidades de Mossos de Esquadra ya han sido objeto de análisis por parte del Síndic en ocasiones anteriores; destacan, por ejemplo, la resolución emitida a raíz de la actuación de la brigada móvil durante el desalojo de la plaza de Cataluña (Mayo 2011) o durante los hechos del Parlamento (Junio 2011), o la emitida a raíz de la actuación por el desalojo de la Universidad de Barcelona (marzo de 2009). Frente a las detecciones de uso desproporcionado de la fuerza y otras irregularidades en la actuación policial, se respondió a las recomendaciones del Síndic con mejoras en las medidas de identificación, revisión de protocolos, incremento de efectivos, o la creación de una unidad de interlocución y de mediación dentro del Cuerpo de Mossos de Esquadra.

El Síndic recuerda que el uso de la fuerza debe ser el absolutamente necesario, de acuerdo con lo establecido en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: el uso de la fuerza debe ser estrictamente proporcionado a los objetivos que se pretende alcanzar. Así, las operaciones policiales deben tener una base legal, y no se puede aceptar en ningún caso la arbitrariedad de las actuaciones.

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