Quiero hacer una consulta

Los servicios de atención presencial y por videollamada se deben prestar, preferentemente, mediante cita previa, que se debe solicitar a los teléfonos 900 124 124 o 933 018 075 o cumplimentando el siguiente formulario.

También podéis dirigiros al Servicio de Atención a las Personas

  • Horario: Del 1 de agosto al 2 de septiembre de 2022, de 8.30 a 15.00 horas, de lunes a viernes. 

El resto del año el horari habitual es de 8.30 a 17.30 h de lunes a jueves y de 8.30 a 15 h, viernes. 

  • Dirección: Paseo de Lluís Companys 7, 08003, Barcelona
  • Transportes: Metro (L1 i Rodalies Renfe: Arc de Triomf) y Bus(19, 39, 40, 41, 42, 51, 55, 141, B-25). Ver mapa

Podeis hacer vuestra consulta por Internet rellenando este formulario:

Los campos marcados con * son obligatorios.

Este espacio debe rellenarse en caso de que la persona se identifique con un nombre distinto al que consta en su documento de identificación oficial.

Ley 11/2014, del 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia

Artículo 23.
Personas transgénero y personas intersexuales

  1. En el ámbito de las administraciones públicas de Cataluña, especialmente en el ámbito educativo y universitario, deben establecerse por reglamento las condiciones para que las personas transgénero y las personas intersexuales sean tratadas y nombradas de acuerdo con el nombre del género con el que se identifican, aunque sean menores de edad.

Escriba el nº de teléfono sin espacios

Ejemplo:
DNI: 99999999z, NIF: z9999999 + letra o núm., NIE: x9999999z.

Para ayudarnos a defender sus derechos, necesitamos que nos facilite algunos datos. Por eso, le pedimos que conteste todas las preguntas de este cuestionario.

Pueden adjuntar hasta 4 documentos en alguno de los siguientes formatos:
doc, odt, pdf, jpg, gif
El tamaño máximo de este documento es de 1.000 Kb.

Consentimiento a la consulta de datos

De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, tiene derecho a no aportar documentos que ya tenga la Administración y, en este supuesto, para poder tramitar su solicitud, consultaremos esta información.

Marque la casilla en caso de que se oponga a esta consulta directa, pero entonces deberá enviarnos la documentación para poder continuar la tramitación de su solicitud.