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Reglamento del MPT

El reglamento despliega los artículos de la Ley 24/2009, del 23 de diciembre, que concretan el alcance funcional y competencial del Síndic en el ámbito de la prevención de la tortura, y determina y describe todos los aspectos clave de la estructura, la composición, y el funcionamiento del Síndic de Greuges como Mecanismo Catalán de Prevención de la tortura i de otras Penas Crueles, Inhumanas y Degradantes.

Este reglamento tiene por objeto:

  • Regular, en cumplimento con el artículo 1.b de la Ley 24/2009, del 23 de diciembre, de la condición del Síndic de Greuges como Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura.
  • Regular las relaciones del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura con el Subcomité de Prevención de las Naciones Unidas y la colaboración con los otros mecanismos nacionales de prevención de España.
  • Articular la colaboración del Equipo de Trabajo del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura con el Área de Seguridad Pública, la del adjunto o adjunta para a la defensa de los derechos de los Menores y los Adolescentes, y el resto de áreas del Síndic de Greuges.