El Síndic ha pedido al Departamento cuáles son las razones que fundamentan la decisión de reducir los centros de bachillerato nocturno y las alternativas previstas. También pide información sobre el índice de fracaso escolar en el bachillerato presencial y en el impartido por el Institut Obert de Catalunya.
El Síndic pregunta si se han valorado los elementos que plantean los alumnos y el profesorado actuales, algunos de los cuales ya han presentado quejas a la institución (16), como por ejemplo la baja titulación postobligatoria, el mantenimiento de la diversidad de la oferta, la necesidad de acompañamiento por parte del alumnado, y el respeto al principio de igualdad en el acceso a los servicios públicos que proclama la ley. En el escrito de petición de información, el Síndic recuerda también, en lo que concierne a la posible sustitución de estas enseñanzas por la modalidad en línea, que la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos establece el principio de igualdad, con el objetivo de que en ningún caso el uso de medios electrónicos pueda implicar la existencia de restricciones o discriminaciones para los ciudadanos que se relacionan con las administraciones públicas por medios no electrónicos, tanto respecto al acceso a la prestación de servicios públicos como con respecto a cualquier actuación o procedimiento administrativo, sin perjuicio de las medidas dirigidas a promover la utilización de los medios electrónicos.