Ha abierto una actuación de oficio y ha pedido información al departamento de Salud sobre el procedimiento para la dispensación de la píldora postcoital, por el cual se firmó un protocolo con el Consejo de Colegios de Farmacéuticos , reconociendo el derecho del farmacéutico a la objeción de conciencia y también el derecho de las usuarias a que se les dispense la píldora sin prescripción médica.
El Síndic pide a Salud información general sobre el contenido del protocolo y específicamente en relación con las garantías establecidas para dispensar la píldora postcoital y de las actuaciones de la administración sanitaria, con el fin de que la decisión del farmacéutico, después de la entrevista previa con la usuaria, no impida el derecho de ésta a la compra del anticonceptivo hormonal de urgencia.
También se pretende saber qué medidas se han adoptado para que la decisión de los farmacéuticos no pueda limitar o condicionar el derecho de las usuarias a obtener la píldora o poner en peligro su salud, así como las medidas para garantizar todos estos derechos.