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El Síndic de Greuges como Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura hace frente a la presentación del recurso de inconstitucionalidad

22/04/2010

rueda de prensa

El Síndic pide que se desarrollen las previsiones de la Autoridad Catalana de Prevención de la Tortura tras el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la Ley del Síndic por el Defensor del Pueblo

El síndic de greuges, Rafael Ribó, se ha dirigido al presidente de la Generalitat, José Montilla, y al presidente del Parlament, Ernest Benach, para pedirles "una actuación rápida y decidida" de las instituciones del país a fin de poner en marcha este mecanismo de control.

En este sentido, el Síndic reitera lo que ya había planteado desde la aprobación de la Ley, ahora que se ha hecho público que el Defensor del Pueblo ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos de la Ley del Síndic que atribuyen a la institución la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

El Mecanismo de Prevención de la Tortura emana de un protocolo de las Naciones Unidas, firmado por el Estado español, que prevé la creación de un mecanismo o mecanismos descentralizados para combatir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

En las cartas dirigidas a las máximas autoridades del país, el Síndic recuerda que el Consejo de Garantías Estatutarias, en el dictamen número 1, de 3 de diciembre de 2009, declaró que "la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes es una competencia de la Generalitat, y concretamente del Síndic de Greuges en su función de protección y defensa de los derechos de las personas, aunque esta función se ejerza de manera concurrente con la que corresponde al Estado" y, en consecuencia, dictaminó que el entonces proyecto de ley era conforme a la Constitución y al Estatuto.


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