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El síndic presenta en comisión en el Parlamento el primer informe de la Autoridad Catalana de Prevención de la Tortura

28/02/2011

(c) Parlament

Rafael Ribó ha comparecido ante los representantes de los grupos parlamentarios de la cámara para explicar la puesta en funcionamiento durante el año 2010 del mecanismo de prevención de la tortura en Cataluña.

Con la Ley del Síndic de Greuges, de diciembre de 2009, el Síndic de Greuges adquiere la potestad de ejercer en Cataluña las competencias para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, en virtud del Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas.

El informe 2010 recoge, entre otras cosas, la constitución del Consejo Asesor y del equipo de trabajo, y el reglamento de funcionamiento de la Autoridad. Este informe será remitido a Naciones Unidas.

Los grupos han coincidido en que cabe plantear de inmediato la necesidad de un convenio entre el gobierno español y el catalán en lo que concierne a las visitas de la ACPT a las dependencias de la administración periférica del Estado, así como la comunicación por parte del Gobierno español al Subcomité para la Prevención de la Tortura de NNUU del hecho que la Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura está descentralizada en Cataluña –tal como está previsto en el artículo 17 del mismo protocolo.

Finalmente, tanto el Síndic como diferentes representantes parlamentarios han destacado la necesidad de firmar un convenio de colaboración entre el Defensor del Pueblo y el Síndic de Greuges para evitar duplicidades y crear sinergias en materia de prevención en Cataluña.

En el año 2011, la Autoridad ha iniciado visitas regulares y periódicas de supervisión a lugares donde se encuentran personas privadas de libertad. Se inspecciona las instalaciones y el trato dispensado a las personas detenidas.

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