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El periodo de detención, la asistencia letrada inmediata y los protocolos para evitar maltratos en las prisiones, principales lagunas detectadas por la ACPT en el año 2012

21/01/2013

(c) Parlament

El Síndic de Greuges y el Equipo de trabajo de la ACPT han entregado a la presidenta del Parlament, Núria de Gispert, el Informe anual de la Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura correspondiente al año 2012. El documento recoge 21 recomendaciones como resultado de 36 visitas a 33 centros.

De estas recomendaciones, 15 se formulan por primera vez. El resto (6) se recogieron en el informe del año anterior, pero todavía están pendientes de aceptación o de cumplimiento.

Las recomendaciones principales del Informe de la ACPT 2012 son:

  • Cualquier detenido debe ser puesto inmediatamente a disposición judicial una vez finalizado el atestado policial. Por ello, se recomienda que haya más coordinación entre órganos judiciales y policiales para establecer una doble conducción diaria y evitar permanecer innecesariamente en comisaría, contraviniendo el espíritu de la ley.
  • La comunicación de cualquier detención policial al Colegio de Abogados debe hacerse desde el momento en que ésta se produce y para hacer efectiva la asistencia letrada. En ningún caso, la participación de más de un cuerpo policial en la custodia del detenido (policía local y policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra) puede justificar que entre la detención, la comunicación y la asistencia letrada efectivas pasen (como sucede la mayoría de las veces) varias horas en el mejor de los casos.
  • Con el objetivo de evitar maltratos y/o usos innecesarios de la fuerza en los centros penitenciarios, como en el caso de las denuncias de internos de Brians II (véase el apartado III del Informe), es preciso evaluar en unos casos el cumplimiento de los protocolos existentes y en otros, establecer nuevos protocolos, si procede.
  • Son necesarios mecanismos eficaces para investigar inmediatamente y de manera imparcial las quejas sobre presuntos maltratos en los centros penitenciarios (las evidencias físicas suelen desaparecer a los pocos días y, como consecuencia, la investigación resulta muy compleja).
  • El único centro que el Síndic y el equipo de la ACPT no ha podido visitar ha sido el Centro de Internamiento de Extranjeros de la Zona Franca de Barcelona, a pesar de que se reciben informaciones sobre maltratos. Esta opacidad y la falta de un reglamento para los CIE, anunciado hace más de un año por el Gobierno español, evidencian la necesidad de que el Ministerio del Interior del Gobierno de España modifique urgentemente su comportamiento. Una prevención de maltratos deficitaria y una supervisión escasa o inexistente es motivo de preocupación y es una fuente de quejas periódicas y sospechas constantes sobre el grado de cumplimiento de la legalidad en estos centros. El Síndic remite todas las informaciones que recibe al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a la Policía Nacional y al Defensor del Pueblo.

Visitas realizadas

Respecto a las visitas efectivas realizadas, este año han sido un total de 36, repartidas entre centros penitenciarios (6 centros, 8 visitas), comisarías de policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra (11 centros), comisarías de policía local/guardia urbana (10 centros, 11 visitas), centros de justicia juvenil (3), centros de protección de menores (1) y centros de personas con discapacidad (1), centro residencial geriátrico (1). La lista completa de los centros y la ficha de cada visita puede ser consultada en el informe del año 2012.

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