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El Síndic investiga la atención a los enfermos coronarios a raíz de la muerte de un paciente

15/01/2015

(c) Síndic

El enfermo no pudo ser atendido en el Hospital Joan XXIII de Tarragona porque el servicio estaba cerrado y falleció durante el traslado a Barcelona

Es necesario determinar si el cambio de cobertura de las unidades de hemodinámica de Tarragona, Lleida y Girona comportan un riesgo para los pacientes y suponen agravios comparativos

El síndic de greuges, Rafael Ribó, ha abierto una actuación de oficio para investigar si los horarios establecidos or parte del Departamento de Salut de las unidades de hemodinámica de Tarragona, Lleida y Girona pueden conllevar una desatención de los pacientes. A raíz de la muerte de una persona durante su traslado a Barcelona, con motivo del cierre, a las 8 de la tarde, del servicio de hemodinámica en el Hospital Joan XXIII de Tarragona, han aparecido diversas noticias en los medios de comunicación sobre la problemática o disconformidad con los horarios de funcionamiento de los servicios.

El paciente ingresó a las 19.07 para que le fueran efectuadas unas pruebas y, con motivo del cierre de la unidad a las 20.00 hores tuvo que ser trasladado a Barcelona. La Unidad de Hemodinámica del Hospital Joan XXIII de Tarragona es el único servicio para tratar este tipo de enfermedades en las comarcas de Tarragona y el tiempo de atención no es de 24 horas. Puesto que el tiempo es un factor clave en el infarto de miocardio agudo, el Síndic considera que es necesario que la actuación médica sea lo más rápida posible.

A pesar de que el 15 de octubre de 2013 se amplió el horario de atención, de 8 a 20 horas, el Síndic quiere determinar si es suficiente y si se garantiza totalmente la atención a los enfermos coronarios.

Diversas plataformas de ciudadanos, movimientos sociales, sindicatos y partidos políticos se han manifestado a favor de la ampliación horaria de la unidad y han reivindicado su apertura las 24 horas del día y toda la semana. También reclaman la activación del código infarto para garantizar una asistencia y un traslado urgentes, con equidad y calidad, en las regiones sanitarias del Camp de Tarragona y Terres de l'Ebre.

Concretamente, el Síndic realizará un seguimiento del expediente informativo iniciado por el Departamento de Salud sobre la muerte del paciente en el traslado a Barcelona, y requerirá que se le informe puntualmente de las actuaciones y medidas que se adopten en la planificación territorial en Cataluña de los servicios de hemodinámica citados, para poder efectuar las propuestas de mejora que procedan.

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