Ha pedido información al Departamento de Enseñanza sobre las medidas adoptadas para poner fin a los presuntos actos de acoso alegados por la familia
Reclama actuaciones efectivas por parte de la comunidad educativa y de los poderes públicos
Recuerda que la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño establece la obligación de proteger a éste contra toda forma de violencia física o mental
El Síndic ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación de que una familia de Balaguer que había solicitado un incremento de clases de castellano en el colegio Gaspar de Portolà ha decidido cambiar a sus hijos de centro. Según se desprende de estos medios, el principal motivo expresado por la familia para tomar esta decisión es no exponer a los niños a la presión social, preservar su intimidad e inocencia, y alejarles de todo tipo de acusaciones y persecuciones.
Por otro lado, también denuncian haber recibido presiones y acoso a través de las redes sociales y que se haya filtrado la identidad de los niños.
El Síndic ha solicitado al Departamento de Enseñanza información sobre la actuación de la escuela para preservar la intimidad de los niños, la información facilitada a los medios de comunicación, y las medidas adoptadas para proteger la intimidad de los niños y para poner fin a los presuntos actos de acoso alegados por los padres de los alumnos.
La reclamación de derechos o la disconformidad con una decisión judicial debe ser compatible con el pleno y absoluto respeto a los derechos de los niños, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y debe garantizarse el derecho del niño a que se actúe de acuerdo a su interés superior. Es necesario recordar la obligación de las administraciones de proteger al niño contra todas las formas de violencia física o mental que establece el artículo 19 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño y que recogen las leyes, y también la obligación de toda la ciudadanía en general de respetar los derechos de los niños y de implicarse en su protección.
Sin perjuicio de las medidas que se hayan podido adoptar, el Síndic exige a todos los miembros de la comunidad educativa y a los responsables públicos que adopten las medidas necesarias para prevenir y poner fin a cualquier forma de acoso. Asimismo exige a la ciudadanía en general que actúe con pleno respeto a los derechos de los niños, sujetos de derechos y objeto de especial protección.