El Síndic insiste en la necesidad de suprimir los puntos por familiar de ex-alumno, porque también lo considera discriminatorio
Ribó ha denunciado la anomalía de encontrar, en determinados territorios, institutos integrados casi únicamente por hijos únicos y otros por alumnos con hermanos
La Administración debería modificar los modelos de adscripciones existentes en muchos municipios para combatir los desequilibrios en la escolarización
El Síndic de Greuges de Cataluña ha ratificado su posicionamiento respecto a los efectos discriminatorios derivados de algunos de los criterios que dan prioridad en el proceso de admisión escolar, como el de tener hermanos matriculados en centros adscritos, no sólo en el centro solicitado, criterio que Enseñanza ha decidido eliminar de cara a la preinscripción para el curso 2016-2017. Rafael Ribó ha valorado positivamente que la Administración educativa haya decidido utilizar los mecanismos a su alcance para corregir esta situación, de acuerdo con la recomendación que desde la institución se le ha hecho llegar de manera reiterada en los últimos años.
Desde el año 2010 el Síndic ha recibido más de 40 quejas relacionadas con la discriminación en el proceso de admisión en los centros de secundaria de los alumnos hijos únicos o sin hermanos escolarizados, que veían disminuir sus opciones de acceder a los centros más solicitados. La aplicación del criterio de hermanos en el centro adscrito (no sólo en el centro solicitado), que responde a una normativa de carácter estatal, ha comportado desequilibrios en el reparto del alumnado en función de la tipología familiar. A través de las investigaciones realizadas en el marco de estas quejas, el Síndic ha constatado casos de institutos integrados casi exclusivamente por hijos únicos, mientras que otros institutos cercanos estaban integrados casi exclusivamente por alumnos con hermanos, situación anómala que era necesario combatir con los instrumentos de planificación educativa a disposición del Departamento de Enseñanza.
A pesar de que la supresión de este criterio supone una medida positiva, el Síndic alerta de que es necesario ir al origen de los desequilibrios del mapa escolar, que tienen que ver con la segregación escolar y las desigualdades en la composición social y en los niveles de demanda de los centros. No es admisible que, en ciertos territorios, existan centros muy solicitados, que concentran el alumnado socialmente favorecido de la zona, y otros centros, con déficit de demanda, escolaricen frecuentemente al alumnado socialmente desfavorecido. En opinión del Síndic, precisamente, el sistema de las adscripciones de centros es uno de los instrumentos de que dispone el Departamento de Enseñanza para combatir la segregación escolar y que a menudo se infrautiliza.
Desde el Síndic se ha recomendado repetidamente estudiar y promover modelos de adscripción a fin de que cada escuela tenga adscrito un único instituto y que esta asignación vincule centros con composición social dispar para conseguir una distribución más heterogénea del alumnado.
Finalmente, el Síndic recuerda que existen otros criterios en el proceso de admisión escolar que son discriminatorios y que sería preciso revisar, como el de los puntos adicionales por enfermedad del alumno o el del alumnado que haya tenido el padre, la madre o los tutores escolarizados en el centro. Considera que el criterio de familiar ex-alumno introduce una discriminación por razón de nacimiento, no favorece el acceso a una educación de calidad en condiciones de igualdad, puede tener efectos negativos en la equidad de acceso al sistema educativo y puede contribuir a reproducir las desigualdades en la composición social de los centros.