Recuerda la obligación de la Administración de fomentar la imagen y el uso del catalán
Siempre que el interesado lo pida específicamente será necesario que se reconozca y dé cumplimiento al derecho a recibir los escritos en castellano
En cuanto a las señales de tráfico considera que el uso del castellano es oportuno en los casos en que la grafía catalana que acompaña al pictograma pueda conllevar indefensión
El Síndic de Greuges de Cataluña ha reclamado al Ayuntamiento de Lleida que, de acuerdo con la Ley de Política lingüística, asuma la obligación de las administraciones locales "de fomentar la imagen pública y el uso del catalán" y, más concretamente "de utilizar el catalán normalmente en las comunicaciones y las notificaciones dirigidas a personas físicas o jurídicas residentes en el ámbito lingüístico catalán".
Rafael Ribó ha puntualizado, sin embargo, que a pesar de que la lengua vehicular de la Paeria en sus escritos con la ciudadanía debe ser el catalán, también se debe garantizar el derecho de las personas que así lo pidan a recibir las comunicaciones y notificaciones en castellano.
La resolución llega después de investigar el caso planteado por diversos grupos políticos municipales sobre el incumplimiento de los acuerdos adquiridos en el pleno del Ayuntamiento de julio de 2015 en defensa de la normalización de la lengua catalana. Concretamente, la queja destacaba los agravios detectados en la emisión de comunicaciones y el envío de notificaciones de oficio en forma bilingüe a la ciudadanía. También denunciaba la rotulación bilingüe de las señales de tráfico.
El Síndic se ha pronunciado específicamente sobre la señalización bilingüe, medida aprobada a raíz de una moción presentada el pasado mes de mayo en el plan de revisión y mejora de señalización. En concreto, ha defendido que la información complementaria de las señales de tráfico esté en la lengua propia, es decir, en catalán, por norma general. No obstante, considera que es necesario hacer uso del castellano cuando la grafía catalana que acompaña al pictograma pueda conllevar indefensión para las personas.
En definitiva, se trata de resolver si los ciudadanos pueden quedar indefensos en los casos en que los pictogramas utilizados en las señales de tráfico son insuficientes para entender su significado y son completados con un panel de texto redactado únicamente en lengua catalana.
Concretamente, en el caso de señales verticales de circulación de prohibición o restricción que tienen la misma tipología y simbología en todo el territorio, la leyenda es complementaria, pero en ningún caso modifica en el significado que es inequívoco.
Lo anterior es relevante porque la trascendencia anuladora del idioma utilizado para complementar el significado dependerá del hecho de que se haya ocasionado indefensión y no sólo porque es preciso que la persona afectada la invoque sino porque, como han tenido ocasión de pronunciar los tribunales (Sentencias del juzgado contencioso-administrativo núm. 12 de Barcelona, de 24 de noviembre de 2011 y del juzgado contencioso-administrativo num. 11 de Barcelona de 14 de Diciembre de 2011) “no es presumible esta circunstancia atendida la proximidad lingüística de las palabras utilizadas con los correlativos de la lengua castellana, proximidad que permite descifrar el sentido de la inscripción “.
En el año 2010, como consta en el Informe Anual del Síndic, ya se emitió una resolución en este sentido a partir de una queja sobre la rotulación de una señal de tráfico por parte del Ayuntamiento de Barcelona.
Con motivo de la investigación sobre el uso del catalán en la Paeria, el Síndic se ha reunido con los representantes de tres grupos municipales de la oposición, por un lado, y con el alcalde de Lleida, Àngel Ros, por la otra. Ambas partes le ha han facilitado toda la información y documentación necesaria para estudiar el caso.