Frente a las sentencias del TS que anulan el real decreto sobre la financiación, es necesario redefinir el bono y lograr que se aplique a los consumidores vulnerables
Cuestiona que el ejecutivo aún no haya modificado legalmente el bono para garantizar que los beneficiarios (en Cataluña unos 408.000) no resulten perjudicados
Frente a las recientes sentencias del Tribunal Supremo (TS), que anulan el real decreto sobre la financiación del bono social eléctrico por parte de las empresas del sector, el Síndic ha criticado la falta de anticipación por parte del Gobierno del Estado para defender los derechos de los consumidores más vulnerables. Reclama soluciones a corto plazo y considera que es urgente la redefinición legal de este bono, que comporta un descuento de un 25% en el recibo de la luz.
En un informe monográfico del año 2014 sobre los derechos de los consumidores a los suministros básicos, el Síndic ya incluye esta recomendación: "46. Es necesario modificar la legislación del sector eléctrico para redefinir el bono social eléctrico y conseguir que se aplique a los consumidores vulnerables, de manera que se elimine –entre otras – la posibilidad de beneficiar del mismo por la sola condición de ser familia numerosa".
A criterio del Síndic la financiación de este bono, y las indemnizaciones que según las sentencias deben hacerse efectivas a las cinco empresas afectadas, no deberían repercutir en el recibo de la luz de los consumidores y aún menos, perjudicar a las personas beneficiarias del descuento, que en Cataluña son unas 408.000. La factura eléctrica solo debe incluir el coste de la energía consumida y los impuestos propios de cualquier operación de consumo.
Para luchar contra la pobreza energética, el Síndic recuerda que es urgente que el ordenamiento jurídico reconozca como titulares del derecho a los suministros básicos a todas las personas que cumplan los requisitos para ser definidas como consumidores vulnerables según los parámetros que establece la norma.