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El Síndic reclama que se restrinja la aplicación del régimen penitenciario de aislamiento y se rebaje su severidad

13/02/2017

Sindic
El Informe del MCPT, presentado en la Comisión del Síndic, aborda de manera específica la situación de los derechos de los internos en régimen cerrado y alerta de que es poco visible la tarea llevada a cabo para garantizarlos
Rafael Ribó destaca que las medidas de aislamiento penitenciario se deben fundamentar caso por caso

El Informe recopila el testimonio puntual de internos que han denunciado haber sido objeto de alguna actuación desproporcionada

Hace falta incorporar la perspectiva de género a la política penitenciaria de Cataluña y al trabajo de los órganos directivos de los centros penitenciarios

Durante el año 2016 se han visitado 50 centros, de los cuales 29 eran comisarías de policía

El síndic, Rafael Ribó, acompañado por el adjunto general, Jaume Saura y el resto del Equipo de Trabajo del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura (MCPT), ha comparecido este lunes 13 de febrero ante la Comisión del Síndic en el Parlamento para presentar el Informe anual del MPCT correspondiente al año 2016. El documento es el sexto que se presenta desde que la institución recibió el mandato de ejercer las funciones de prevención y detección de la tortura en Cataluña de acuerdo con el protocolo de la ONU.

En el marco de las visitas a los centros penitenciarios, este año el MPTC ha incidido especialmente en las condiciones y las medidas relacionadas con el régimen de aislamiento. Tras analizar los datos de marzo a mayo de 2016, se ha constatado que el porcentaje de internos clasificados en primer grado de tratamiento penitenciario se mantiene constante, entre el 1,8% y el 2% del total de la población reclusa. Partidario de restringir el aislamiento, el MCPT considera que la Administración debe fundamentar de manera muy rigurosa su aplicación en cada caso, sin que sean suficientes referencias genéricas a la peligrosidad extrema o inadaptación del interno, sino que es necesario acompañar este diagnóstico con datos precisos que fundamenten la adopción de la medida.

En general, el Informe recopila el testimonio puntual de internos que han denunciado haber sido objeto de alguna actuación desproporcionada. En estos casos, se ha iniciado una investigación en el Síndic de Greuges, con el consentimiento del interno.

También se han detectado carencias o inadecuaciones en las medidas disciplinarias en los centros de internamiento para niños y jóvenes, tanto por la falta de garantías y desconocimiento por parte de los internos del régimen sancionador como por la inadecuación de las sanciones. A parte de recomendar más personal, y mejor formado, en cuanto a las contenciones, el MCPT ha reiterado la necesidad de cumplimentar debidamente el libro de registro.

Durante el año 2016 el MCPT ha visitado cuatro de los cinco centros penitenciarios que concentran el total de mujeres internas, que representa un 7% del global de población reclusa.

Especialmente a partir de las entrevistas mantenidas con las mujeres internas durante las visitas a los centros penitenciarios, el MCPT ha identificado situaciones en que estas, por el hecho de ser mujeres, se encuentran en una situación de una vulnerabilidad especial. Por este motivo, ha incidido en que hace falta incorporar la perspectiva de género a la política penitenciaria de Cataluña y al trabajo de los órganos directivos de los centros penitenciarios. Esto se debe traducir en la recogida de datos estadísticos específicas sobre el número, el contexto social, la situación penitenciaria, etc.

La perspectiva de género se debe aplicar primero para valorar si las circunstancias personales y la gravedad del delito hacen imprescindible el ingreso. También es preciso tenerla en cuenta en todas las vertientes del internamiento, particularmente en cuanto a las relaciones familiares, la asistencia sanitaria, la detección y el tratamiento de la violencia de género sufrido o las medidas disciplinarias.

Además, respecto a la interpretación restrictiva que los cuerpos policiales hacen de la Directiva europea sobre los derechos de las personas detenidas, se ha vuelto a reiterar que la Dirección General de Policía elabore una nueva circular en que se establezca el derecho de la persona detenida a obtener los materiales y los documentos. Como en años anteriores, el Mecanismo señala que es necesario que la normativa aclare los ámbitos de competencia entre los Mossos y la policía local, y recuerda que esta última debe tener un papel auxiliar.

50 visitas a espacios privados de libertad

Durante el año 2016 se han realizado un total de 50 visitas a centros diferentes

• Comisarías de los Mossos y de la Policía Local: 29

• Centros penitenciarios: 5

• Centros geriátricos: 2 

• Centros de salud mental: 1

• Centros infantiles: 9

• Unidades penitenciarias Mossos de Esquadra: 2

• Comisaría de la Policía Nacional: 1 (la Jonquera). Visita denegada

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