Tanto el Plan territorial parcial de las comarcas gerundenses (PTPCG) como el Plan de ordenación urbanística municipal clasifican los terrenos como suelo no urbanizable y de protección especial
El propio Departamento de Territorio afirma que el Plan de puertos de Cataluña 2007-2015 no preveía su construcción
El Ayuntamiento no tiene competencia para el objeto de la consulta
Después de cuatro meses recopilando y analizando la información facilitada por el Ayuntamiento de Tossa de Mar y por la Secretaría de Medio Ambiente del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, el Síndic ha emitido una resolución clara sobre el proyecto de un puerto nuevo en la citada localidad de la provincia de Girona.
Así, el Síndic considera que la construcción de un muelle en Tossa de Mar, junto con los accesos correspondientes, un hotel de cinco estrellas y cuatro viviendas, es incoherente con la normativa y el planeamiento territorial y urbanístico vigente. Por tanto, recomienda que se desestime la propuesta con celeridad y se detenga el proceso de manera inmediata, ahora que aún está en una fase preliminar.
La resolución detalla que el Plan territorial parcial de las comarcas gerundenses (PTPCG) otorga a los terrenos de costa que confrontan con la ubicación del puerto la categoría de suelo de protección especial, que debe mantener la condición de espacio no urbanizado y debe ser clasificado como suelo no urbanizable por los planes de ordenación urbanística municipal. En esta misma línea, el Plan de ordenación urbanística municipal (POUM) de Tossa de Mar clasifica los espacios de Cars i Vinya d'en Puig (afectados por el plan) como suelo no urbanizable (suelo rural de protección forestal).
Respecto a la posible necesidad de disponer de un puerto en este punto de la comarca de la Selva, el informe contiene diversos argumentos contrarios a esta idea. Primero, el Plan de espacios de interés natural (PEIN) establece que la nueva construcción de puertos debería evitar la afectación directa de los espacios de Natura 2000. Segundo, el Plan de puertos de Cataluña debe dedicar una atención preferente a la conservación del litoral y a la gestión correcta del medio ambiente. Y, tercero, el plan de puertos de Cataluña 2007-2015 no preveía la construcción de este nuevo puerto en Tossa de Mar. El Síndic ha pedido al Departamento de Territorio que el nuevo Plan de puertos tenga en cuenta los factores medioambientales citados.
El Síndic también ha recomendado al Ayuntamiento de Tossa que se abstenga de reiniciar los trámites para hacer una consulta ciudadana sobre la construcción del puerto. Más concretamente, la pregunta versa sobre si se está de acuerdo con el inicio o no de la tramitación de una modificación del POUM que posibilite la construcción de un nuevo puerto. Según la resolución, en este caso, la consulta carecería de sentido, ya que pedir que los vecinos se pronuncien sobre una cuestión que queda fuera del ámbito de decisión municipal puede crear expectativas innecesarias. La competencia en materia de puertos corresponde en exclusiva a la Generalitat.