Ha presentado a los grupos parlamentarios un informe sobre la igualdad hombre-mujer y otro sobre las actuaciones en el ámbito LGTBI
El síndic de greuges, Rafael Ribó, ha explicado este lunes, 10 de julio, ante la Comisión del Síndic en el Parlamento, la tarea llevada a cabo por la institución en materia de igualdad de trato. Con motivo de la presentación del informe sobre los retos de la Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres, y del informe sobre el balance de la implementación de la Ley por los derechos LGTBI, el Síndic ha constatado un incremento considerable de actuaciones desde que tiene el mandato específico de garantizar los derechos de estos colectivos.
En los últimos dos años (julio 2015-julio 2017) se han recibido alrededor de 50 quejas directamente vinculadas a la Ley de igualdad entre hombres y mujeres. Las más numerosas, relativas a violencia machista. El número de quejas por este tema ha ido creciendo cada año: mientras que en el año 2012 se recibieron tan sólo 2, en el año 2016 se recibieron 30.
Desde octubre de 2014 hasta diciembre de 2016 se han iniciado 58 actuaciones sobre LGTBI. Esto conlleva un incremento de más de un 300%. La mayoría de actuaciones hacen referencia a temas relacionados con la salud (listas de espera para reasignación de sexo y el acceso de las mujeres lesbianas a las técnicas de reproducción asistida). También se aprecia una cifra importante de actuaciones en el ámbito global de la educación y el tiempo libre. En cuanto a la educación, es preciso remarcar que la LGTBIfobia se traduce en agresiones verbales o físicas.
El valor que aporta la institución de ombudsman, en opinión del Síndic, va más allá de las cifras. Así, la intervención del Síndic en conflictos relacionados con la igualdad de trato posiblemente contribuye a dar visibilidad al tema frente a la opinión pública y que las vulneraciones de derechos en materia de no-discriminación se traten con el rigor adecuado. Y este aspecto también se debe considerar.
Respecto al informe sobre la igualdad hombre y mujer, coordinado por la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, Argèlia Queralt, por encargo del Síndic, una de las principales conclusiones es que la Ley de igualdad no otorga al Síndic potestad sancionadora, cosa que encaja con la naturaleza y la configuración de la institución. Sin embargo, lo que sí que podría haber hecho la Ley, y no hace, es indicar el camino que debe seguir el Síndic de Greuges para poder poner en marcha el proceso sancionador previsto por la Ley y dirigir a las personas demandantes ante la autoridad adecuada, normalmente el Instituto Catalán de las Mujeres o el CAC.
En cuanto al informe LGTBI, recomienda un mayor desarrollo de las líneas previstas por la normativa, haciendo énfasis en impulsar las políticas en materia LGTBI para conseguir un cambio efectivo de paradigma y una igualdad real.
El despliegue de la Ley debe ir acompañado de un cambio de valores y creencias que la hagan posible.
También insta a la Administración a dar un tratamiento despatologizador y no discriminatorio de la información sobre cualquier cuestión relacionada, directamente o indirecta, con el colectivo LGTBI.