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El Síndic denuncia que el recurso al Tribunal Constitucional contra la Ley catalana de sanidad atenta contra la salud de toda la sociedad

24/05/2018

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Informe sobre la universalización de la asistencia sanitaria

El Síndic recomienda que se recupere la atención sanitaria universal de acuerdo con el principio de igualdad y de no-discriminación

Es necesario superar la vinculación entre la asistencia sanitaria y el hecho contributivo

La creencia de que las personas extranjeras socialmente desfavorecidas abusan de los recursos sanitarios no tiene ningún fundamento; el gasto económico en salud pública de este colectivo es residual

La política restrictiva del Estado español ha conllevado un retroceso de 30 años y 9 legislaturas, y contradice las recomendaciones de la OMS

El síndic de greuges, Rafael Ribó, ha pedido a las administraciones catalanas y al Parlamento de Cataluña que emprendan los mecanismos legales necesarios para que se haga efectivo el derecho a la atención sanitaria universal. Paralelamente, insta al Gobierno del Estado a recuperar el modelo sanitario de atención universal previo al año 2012 y a legislar el derecho de acuerdo con los principios de igualdad y no-discriminación. También reclama al Gobierno del Estado que deje los temas sanitarios al margen del conflicto con Cataluña para evitar la instrumentalización partidista, como ha sucedido en el caso del recurso al Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley catalana de sanidad.

En una rueda de prensa en el Parlamento, el Síndic ha reiterado este jueves 24 de mayo las razones por las que la universalización de la atención sanitaria es una medida necesaria, factible y beneficiosa para Cataluña. Las declaraciones han sido realizadas en el marco de la presentación a la prensa del Informe sobre la universalización de la asistencia sanitaria, que ha remitido al Parlamento, al Departamento de Salud, al Defensor del Pueblo y al Gobierno del Estado. El documento recopila diversas argumentaciones, no sólo éticas, sino también legales y económicas, que justifican la legislación y la implementación de un sistema de salud pública de acceso universal.

El Síndic pide a la Administración sanitaria que proporcione una información veraz y clara, e intente resolver los dudas que se puedan plantear de una manera resolutiva y segura, mostrando una actitud empática. De la misma manera, es necesario evitar las incidencias que se producen a raíz de situaciones de inseguridad provocadas por el desconocimiento y la información errónea o defectuosa que se facilita a las personas afectadas sobre sus derechos, y que puede tener un efecto disuasivo.

Con el objetivo de desmentir mitos, el Informe aporta datos que indican que, a pesar de estar muy arraigada, la creencia de que las personas extranjeras abusan de los recursos sanitarios carece de fundamento alguno.

Según datos de CatSalut, en el mes de abril de 2018 había 114.573 personas extranjeras empadronadas en Cataluña que no estaban acreditadas como aseguradas ni beneficiarias, ni se encontraban dentro de los supuestos de asistencia sanitaria en situaciones especiales que regula la norma estatal. Estas personas representan el 1,53% de la población residente en Cataluña. Además, en general son personas sanas (la mayoría entre 20 y 50 años) que utilizan un 50% menos que el total de población los recursos de salud (excepto el servicio de urgencias, del que hacen un uso similar). En cuanto al gasto sanitario, con datos de 2016, el gasto per capita también es la mitad que el de la población total. En definitiva, estamos hablando de un 0,9% de población que genera el 0,4% de gasto sanitario.

También desde una perspectiva económica, negar la cobertura de determinadas prestaciones a largo plazo puede ser perjudicial. Así, por ejemplo, de acuerdo con la normativa actual, hoy en día estas personas no se pueden beneficiar de los programas de salud preventivos, que suponen un gasto muy inferior a los tratamientos de urgencia de enfermedades graves o de carácter crónico. El Informe incide en que es preciso superar la vinculación del derecho a la cobertura con el hecho contributivo.

Sobre el turismo sanitario fraudulento, el Síndic ha señalado que se debe combatir, pero que no se debe confundir con el acceso universal a la asistencia sanitaria.

En lo que concierne a específicamente a los niños y adolescentes, el Síndic ha sugerido al Departamento de Salud que la información que ofrecen los centros del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) con respecto al derecho de todas las personas menores de edad sea clara, independientemente de la documentación que aporten. También ha añadido que es necesario acompañar a los servicios sociales municipales para que se clarifique y se promueva la efectividad de este derecho entre los colectivos más vulnerables, como por ejemplo niños o adolescentes extranjeros no acompañados o familias itinerantes o que se encuentran en situación de irregularidad administrativa, que pueden sentir temor a la hora de acudir a los servicios sanitarios.

El síndic ha destacado que ya hace treinta años que el Ministerio de Sanidad, entonces encabezado por Ernest Lluch, abrió la vía a la implementación progresiva de este derecho. Han pasado nueve legislaturas y la falta de presupuestos, por una parte, y las decisiones del Gobierno del Estado, por la otra, han conllevado más retrocesos que mejoras en este sentido. Especialmente significativos son el Decreto ley de abril de 2012 y el recurso de inconstitucionalidad del pasado mes de marzo de 2018 contra diversos artículos de Ley catalana 9/2017, de universalización de la asistencia sanitaria. Una dirección contraria a las líneas marcadas por la Organización Mundial de la Salud, que recomienda su implantación.

Ribó también ha recordado que una de las primeras actuaciones de oficio que llevó a cabo como síndic, en el año 2004, fue respecto a la universalización de la asistencia sanitaria. La actuación del Síndic había estado precedida por diversas quejas sobre el tema. En su resolución Ribó ya pedía “el reconocimiento de la atención a la salud como un derecho público subjetivo, personal, no contributivo y de acceso equitativo”. Desde entonces hasta ahora esta recomendación se ha repetido prácticamente todos los años.

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