El Síndic ha abierto una actuación de oficio después de tener conocimiento del ingreso de un recién nacido en el Hospital de la Vall d'Hebron, a donde fue trasladado desde el Hospital Arnau de Vilanova de Lleida, debido a la gravedad de su estado.El Síndic ha solicitado información al Ayuntamiento de Lleida, a la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) y al Departamento de Salud y ha solicitado que se valore el funcionamiento de los protocolos de coordinación existente. En todo caso, habrá que determinar si puede haber signos previos de maltrato que no se detectaron adecuadamente.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño establece la obligación de los Estados de proteger al niño de todas las formas de violencia física o mental mientras está bajo la guarda de sus padres, tutores legales o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. En Cataluña, la Ley 14/2010, sobre los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia, establece la obligación de los poderes públicos de tomar todas las medidas necesarias para proteger a los niños y los adolescentes de cualquier forma de maltrato.
El Síndic recuerda que, en marzo del 2016, con ocasión de la muerte de un recién nacido, ya solicitó medidas específicas para la protección de los recién nacidos (o niños pequeños) en situación de riesgo, a fin de garantizar un seguimiento y una atención más intensivos, teniendo en cuenta su enorme vulnerabilidad por razón de la edad, y dado que se encuentran en una etapa en que no existen otros servicios que garanticen el seguimiento indirecto.
En una resolución emitida el mes de junio de 2019, con ocasión de un nuevo caso de muerte de un recién nacido por presuntos maltratos de su padre, el Síndic detectó carencias en la detección del maltrato, en la aplicación de los protocolos y en la coordinación entre servicios que, en mayor o menor medida, podrían no haberlo protegido adecuadamente.
En la mencionada resolución, el Síndic solicitó que se garantizara el conocimiento, la consulta y la aplicabilidad del protocolo frente casos de sospecha y de certeza de maltrato infantil; que se emprendieran medidas para fomentar el necesario trabajo multidisciplinario en casos de sospecha de dicho maltrato, y que se intensificara la formación y la sensibilización de los profesionales sanitarios. También instó a mejorar la coordinación entre los servicios sociales, los equipos de atención a la infancia y la adolescencia (EAIA) y la DGAIA ante una sospecha de maltrato infantil y a mejorar la formación del personal que trabaja con niños. Asimismo, exigió que se desarrollaran y se aplicaran actuaciones preventivas desde los servicios de salud y del ámbito social para mejorar la detección precoz del maltrato infantil, garantizar la comunicación entre servicios frente situaciones en que un niño sufre o puede estar sufriendo violencia y promover políticas de apoyo y educación a la crianza, garantizando una dotación de recursos humanos y económicos a los servicios sociales de atención primaria suficiente para poder atender adecuadamente las necesidades existentes entre las familias en situación de vulnerabilidad social.