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Comunicado del Síndic de Greuges

27/09/2019

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Comunicado ante la detención de nueve personas acusadas de preparar actos terroristas

 

Ante la detención de nueve personas acusadas de preparar actos terroristas y la decisión del Juzgado Central de Instrucción n. 6 de la Audiencia Nacional de ordenar el ingreso en prisión preventiva sin fianza de siete de ellos, el Síndic manifiesta que:

1. Todas las ideas democráticas deben poder defender y debatir de forma pacífica y respetuosa con las ideas de los demás. Ninguna aspiración política justifica, en nuestra sociedad, la utilización de medios violentos y el Síndic siempre condenará el uso de la violencia para hacer política. En este sentido, cabe destacar que las manifestaciones y las reivindicaciones de los últimos años en torno al debate territorial en Cataluña han sido siempre pacíficas.

2. Toda persona detenida es titular de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española y en los tratados internacionales firmados por el Reino de España, incluyendo el derecho a poner la detención en conocimiento de la persona que desee y la de tener acceso a una persona letrada desde el momento de la detención. Según la información de que dispone la institución, estos derechos no se han respetado para la mayor parte de las personas detenidas en este caso, que han estado bajo custodia policial durante más de 30 horas sin asistencia letrada.

3. Asimismo, toda persona detenida tiene derecho a conocer de qué se le acusa, lo que en este caso no se ha respetado por el secreto del sumario que ha decretado el juez instructor. En este sentido, si efectivamente la investigación es materia reservada, resulta sorprendente que la Guardia Civil haya difundido imágenes del supuesto arsenal que tendrían las personas detenidas. Estos hechos deberían investigarse, dado que constituyen una violación del secreto del sumario.

4. Finalmente, un principio elemental de cualquier sociedad democrática es la presunción de inocencia que ampara a toda persona que es objeto de investigación penal. Esta presunción, que tiene la principal virtualidad en el seno de la actuación judicial, debería al menos inspirar a las autoridades públicas y a los líderes políticos que realizan manifestaciones públicas en torno a estos hechos. Toda expresión que en esta fase dé por hecha la comisión de delitos por parte de las personas detenidas hace un flaco favor a una instrucción serena y rigurosa de los hechos por parte de las autoridades judiciales competentes.

Este comunicado se pone en conocimiento del Defensor del Pueblo y otras instituciones internacionales de defensa de derechos humanos para su conocimiento y consideración.

Barcelona, 27 de septiembre de 2019 

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