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El Síndic reclama más garantías en los internamientos de niños por problemas de salud mental

15/11/2019

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informe El derecho a la salud mental infantil y juvenil:

Faltan recursos suficientes en la prevención y la promoción de la salud mental, y también en la intervención precoz

Es necesario regular y supervisar que todo internamiento en centro residencial especializado se lleva a cabo una vez agotadas todas las opciones alternativas disponibles y durante el mínimo de tiempo posible

La falta de recursos residenciales públicos de salud mental y de discapacidad provoca que algunos niños y adolescentes sean ingresados en centros privados sin las garantías necesarias

El informe El derecho a la salud mental infantil y juvenil: garantías en el acceso y la atención en los centros residenciales, que el síndic ha entregado este viernes, 15 de noviembre, en el Parlamento de Cataluña, se ha elaborado partir del análisis de las quejas recibidas, de los intercambios con profesionales, y también de las visitas a centros llevadas a cabo por el equipo del Síndic y por el Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura (MCPT) a los centros residenciales actualmente existentes. El  Síndic visita sistemáticamente todos los centros, se reúne con los internos y los profesionales para detectar carencias y hacer propuestas para garantizar de los derechos.

1. Discriminación por razones económicas en la garantía del derecho a la salud mental

En el caso de los niños y adolescentes, el hecho de no disfrutar de un nivel de salud mental adecuado puede suponer dificultades en el ejercicio del derecho a la educación en igualdad de oportunidades, el derecho al juego y al tiempo libre, así como al pleno desarrollo de la identidad y la personalidad, entre otros.

En Cataluña existe desigualdad social en la prevalencia de trastornos de salud mental. La Encuesta de salud de Cataluña pone de manifiesto que, mientras un 5,4% de los niños de 4 a 14 años en familias de clase social desfavorecida tienen probabilidad de sufrir un trastorno mental, este porcentaje es tan sólo de un 2,5% en el caso de niños de entornos sociales más favorecidos.

Este hecho se explica, entre otros, por la probabilidad más alta de sufrir, tanto directamente como través de sus progenitores o cuidadores principales, factores de presión ambientales derivados de la falta de una garantía estable en la cobertura de las necesidades básicas de la familia (vivienda, alimentación, entre otros), que pueden actuar como detonantes en el desarrollo de patologías o que simplemente generan malestar emocional. Así mismo, factores hereditarios pueden jugar un papel a la hora de explicar este fenómeno, dado que el hecho de sufrir un problema relacionado con la salud mental a la vez puede devenir causa de pobreza o exclusión y de dificultades en el ejercicio de la parentalidad positiva.

A esta desigualdad, cabe añade la dificultad de acceder a recursos alternativos fuera de la red pública de cobertura de necesidades en materia de salud mental de la población menos favorecida económicamente y la falta de recursos personales que puede dificultar la demanda de ayuda en fases iniciales.

A pesar de que el Plan director de salud mental y adicciones de Cataluña se basa en un enfoque de prevención de la salud y de intervención precoz y ha supuesto un influjo monetario importante para el sistema de salud mental infantojuvenil, en la práctica continúa siendo difícil destinar recursos suficientes a la prevención y la promoción de la salud.

2. Insuficiencia de recursos para atender los problemas de salud mental, trastorno de conducta y adicciones de los adolescentes

Los servicios asistenciales especializados en salud mental a menudo están saturados y atienden principalmente los trastornos mentales más graves, a pesar de que en muchas ocasiones con menos intensidad de la que requerirían y con un tratamiento más farmacológico que terapéutico. Esta saturación afecta tanto a los centros de salud mental infantil y juvenil como a los servicios de hospitalización psiquiátrica que atienden crisis más agudas, y deja fuera los casos menos graves que también requerirían tratamiento y el acompañamiento social necesario de los pacientes. 

La red pública de salud y la red de servicios sociales, por otra parte, no cubren ni servicios residenciales de comunidad terapéutica para niños y adolescentes menores de dieciocho años drogodependientes ni servicios residenciales para niños y adolescentes menores de dieciocho años con discapacidad intelectual o física, a menudo asociados a trastornos de conducta, ni tampoco servicios residenciales de tipo educativo terapéutico para niños y adolescentes con problemática derivada de salud mental, que también pueden concurrir con trastorno de conducta.

La demanda de provisión de este tipo de recursos residenciales terapéuticos (para adolescentes principalmente) a menudo se cubre desde el ámbito privado.

En Cataluña constan al menos ocho centros residenciales privados registrados, con aproximadamente 400 plazas, que ofrecen servicios terapéuticos por problemas de salud mental, trastorno de conducta y adicciones a niños y adolescentes en régimen de internamiento.

Por otra parte, la Administración concierta algunas plazas para atender niños y adolescentes tutelados por la Administración y también dispone de seis centros especializados de educación intensiva para trastornos de conducta, con 142 plazas para adolescentes tutelados. La red de centros especializados de la DGAIA para adolescentes tutelados ,a pesar del incremento de plazas los últimos años, continúa saturada.

De acuerdo con el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones, el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias (DGAIA) y el Departamento de Salud han implantado una experiencia piloto de recurso residencial terapéutico para adolescentes en situación de vulnerabilidad, tutelados. También, con el fin de atender estas situaciones y a petición de las familias afectadas, el Departamento de Salud ha creado el programa de abordaje integral sobre los casos de salud mental de elevada complejidad, aún por desplegar.

3. Falta de garantías en el ingreso y de supervisión en la intervención de los recursos residenciales

El ingreso en un centro terapéutico residencial para atender una problemática de conducta, drogodependencia, salud mental, discapacidad de un niño o adolescente, pedido por la familia, sin la declaración de desamparo, se hace a menudo en centros privados sin la supervisión ni el control de la Administración.

Son recursos que, además, a menudo implican restricciones importantes de libertades y derechos y no siempre toman como punto de partida y final el interés superior de cada niño o adolescente y el con respecto a las necesidades específicas y concretas que presenta, y también la salvaguardia de sus derechas fundamentales.

Se trata de centros autorizados por el Departamento de Salud, pero no existe una programación específica de inspecciones de oficio en este ámbito.

En este sentido, en las visitas periódicas que ha hecho el Síndic a los centros actualmente en funcionamiento, en el marco del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura, se han detectado carencias en las instalaciones y también vulneraciones de derechos, sobre todo en el trato y en las medidas correctoras y disciplinarias que se aplican.

4. Recursos especialidades del sistema de protección y su uso disfuncional para cubrir carencias de recursos de salud mental

El sistema de protección a la infancia y la adolescencia, que atiende a los niños y adolescentes que han tenido que ser tutelados por la Administración, dispone de recursos residenciales específicos para atender a los niños y adolescentes tutelados que requieren una atención especializada por razón de salud mental, discapacidad, trastorno de conducta y/o consumo, ya sea por medio de centros propios o del concierto de plazas en centros privados.

Los centros residenciales de educación intensiva dan respuesta a necesidades educativas y asistenciales específicas de adolescentes y jóvenes con alteraciones conductuales, pero no están previstos para adolescentes con enfermedades mentales que requieran tratamiento específico de los servicios competentes en salud mental o adolescentes discapacitados.

Sin embargo, el sistema de protección a la infancia y a la adolescencia actualmente también tiene dificultades para proveer de recursos adecuados las necesidades que presentan los adolescentes tutelados. Esto hace que algunos de estos adolescentes sean atendidos en centros no adecuados a sus necesidades, como por ejemplo los niños residentes en CREI con patologías mentales.

Las familias que no pueden sufragar el elevado coste que suponen estos recursos intentan acceder por medio de la financiación que les aporta la cobertura del seguro escolar obligatoria, que se limita a alumnos a partir del tercer curso de ESO, a pesar de que no cubre la totalidad del servicio e implica una limitación en la duración del tratamiento. Otras familias sin estos recursos, y ante situaciones de desbordamiento y de fuerte padecimiento, recurren a la cesión de la guarda o tutela de su hijo o hija a la Administración para que esta cubra el coste económico del recurso.

El uso de la tutela o guarda de un niño o adolescente por parte de la Administración a fin de que este pueda acceder a un recurso residencial específico público sin que haya un desamparo real es inadecuado porque el sistema de protección a la infancia y la adolescencia asume una situación que no se ajusta a la finalidad para la cual está previsto.

RECOMENDACIONES

  • Promover programas de prevención y promoción de la salud mental así como intervenciones de acompañamiento a la crianza y la parentalidad positiva a lo largo del ciclo vital del niño y adolescente desde un modelo psico-social y comunitario, y aumentar y extender los programas de detección precoz de trastornos y adicciones en los institutos y las escuelas.
  • Hacer más accesibles los servicios actualmente existentes para dar cobertura a toda la población con adecuada distribución territorial.
  • Realizar un análisis de la cobertura de los recursos públicos existentes, tanto en el ámbito de salud como de servicios sociales, y valorar la pertinencia de proveer centros residenciales para niños y adolescentes menores dieciocho años que requieran intervenciones o tratamientos de desintoxicación y/o psicoterapia de manera intensiva con acompañamiento social.
  • Regular y supervisar que todo internamiento en centro residencial especializado de un niño y adolescente cumpla los requisitos siguientes:

-  Última ratio y mínimo tiempo indispensable

-  Consentimiento informado de los tratamientos médicos y edad mínima

-  Autorización judicial y evaluación forense

Supervisión y control periódico que incluya la escucha de los niños y adolescentes ingresados a los centros y los profe

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