Este lunes, 9 de marzo, el Síndic de Greuges de Cataluña, Rafael Ribó, acompañado del adjunto general, Jaume Saura, y otros miembros del equipo, ha comparecido en el Parlamento de Cataluña para el debate en la Comisión del Síndic de Greuges de su Informe anual del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura y el informe El derecho de manifestación y el papel de los cuerpos policiales en las movilizaciones posteriores a la Sentencia del Tribunal Supremo 459/2019.
El informe del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura
El Informe anual del Mecanismo Catalán de Prevención de la Tortura recopila las conclusiones y las recomendaciones más destacadas incluidas en el Informe anual correspondiente al año 2019. Durante 2019 el Equipo de Trabajo del Mecanismo visitó 42 centros con personas privadas de libertad, siguiendo el protocolo pautado, es decir: sin aviso previo y con pleno acceso, en privado, a estas personas.
En este ámbito, el Síndic recuerda que el Protocolo de Estambul pauta la vista médica en privado como derecho de la persona detenida y recomienda una mayor interacción entre el sistema penitenciario y el de atención a la gente mayor, en cuanto a la cobertura de las necesidades de este colectivo vulnerable. Además, insta a la revisión de los protocolos de actuación de los diferentes cuerpos policiales en el circuito de detención y subraya la importancia para garantizar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en los centros penitenciarios.
Informe Derecho de manifestación y papel de los cuerpos policiales en las movilizaciones posteriores a la Sentencia 459/2019
Este informe analiza la actuación de los dispositivos policiales desplegados desde el 13 al 27 de octubre y los posibles derechos vulnerados en el contexto de las movilizaciones ciudadanas.
La institución concluye que la mayoría de manifestaciones, las más multitudinarias, se desarrollaron en un clima pacífico y tranquilo; en cambio, algunas manifestaciones minoritarias tuvieron un carácter violento que hicieron necesaria la intervención de las fuerzas de seguridad. En opinión del Síndic, las alegaciones de exceso de fuerza y de vulneración de derechos, una vez investigadas, se deben sancionar adecuadamente en caso de que hayan existido infracciones.