Es necesario garantizar el derecho de las personas con discapacidad de acceder a las vías públicas con la persona cuidadora o acompañante, libres de ser increpadas y sin llevar ningún tipo de identificativo
Es imprescindible evitar que el alumnado con discapacidades quede excluido del proceso educativo y de la reanudación telemática del curso escolar
Se deben identificar las necesidades concretas de cada uno de los centros residenciales para personas con discapacidad en Cataluña, en materia de prevención, protección y seguimiento de los enfermos
Es preciso reforzar los servicios de apoyo para la salud mental de adultos e infantojuvenil, y asegurar la continuidad de la prestación de servicios comunitarios y de programas de orientación para situaciones de crisis
Aproximadamente un 15% de la población mundial son personas con algún tipo de discapacidad y los riesgos que presenta la COVID-19 son particularmente graves para este colectivo, por lo que es indispensable que los gobiernos hagan esfuerzos adicionales para atender sus necesidades específicas.
El Síndic de Greuges de Cataluña ha publicado, este miércoles 8 de abril de 2020, una resolución sobre la garantía de los derechos de las personas con discapacidades y las medidas tomadas para hacer frente a la pandemia provocada por la propagación de la COVID-19. La institución, en el marco de sus competencias, ha presentado diferentes recomendaciones y medidas dirigidas a todas las administraciones e instituciones.
En la situación actual tanto la Organización Mundial de la Salud como otros agentes internacionales y nacionales de atención a las personas con discapacidad han llamado la atención sobre las medidas concretas que deben adoptar las diferentes administraciones, y también los profesionales y la sociedad civil en general, para reducir el impacto de la pandemia en las personas que conforman este colectivo. En el ámbito estatal y autonómico, también se han adoptado medidas en cuanto a la atención de las personas con discapacidad.
En el marco de su resolución, el Síndic de Greuges ha sugerido a la Administración de la Generalitat de Cataluña que lleve a cabo las siguientes actuaciones:
Garantizar que las personas con discapacidad puedan acceder a información clave para salvar su vida mediante estrategias de comunicación adaptadas a sus capacidades. Consultar periódicamente las entidades de representación de las personas con discapacidad sobre sus necesidades y sobre su valoración, para asegurarse de que las políticas y las medidas dan respuesta a dichas necesidades.
Asimismo, implementar medidas para dar cumplimiento a las recomendaciones recogidas por la OMS en el documento "Consideraciones relativas a la discapacidad durante el brote de COVID-19" y garantizar medidas de apoyo económico y financiero para las familias que tengan que dejar de trabajar para atender a las personas con discapacidad y asegurar que este colectivo tenga medidas para favorecer una buena salud física y mental.
El Síndic también recomienda que se lleven a cabo campañas de sensibilización para garantizar el derecho de todos los niños, adolescentes y adultos con discapacidad que presentan conductas disruptivas, trastornos de conducta o trastornos del espectro autista (TEA) a circular por las vías públicas con la persona cuidadora o acompañante, siguiendo los protocolos de distancia y prevención de contagio, libres de ser increpados por el resto de la ciudadanía. Este derecho debe poder ejercer libremente y sin llevar ningún tipo de identificativo.
Adicionalmente, el Síndic dirección al Departamento de Educación para recordarle que en la situación actual, en la que se ha dispuesto el cierre de los centros educativos, los niños y adolescentes con discapacidad se enfrentan a más obstáculos para acceder a una educación inclusiva y de calidad, aunque los centros están implementando diferentes estrategias de enseñanza a distancia y de instrucción en línea con el apoyo material tecnológico. En este caso, el alumnado con discapacidades puede quedar excluido del proceso educativo y de la reanudación telemática del curso escolar, al que hacía referencia el Síndic en una resolución del pasado 2 de abril.
Para evitar estos efectos, hay que garantizar que la educación y la instrucción en línea a distancia sea diseñada de una manera accesible para los alumnos con discapacidad sensorial y que aporten los apoyos educativos específicos para la inclusión educativa. Asimismo, deben habilitarse recursos que permitan al alumnado con discapacidad continuar su escolaridad desde casa, con los apoyos necesarios en cada caso. El alumnado que no disponga de acceso a internet o que no lo pueda usar por razón de su discapacidad debe disponer de materiales y planes de apoyo y continuidad educativa accesibles.
Además, es preciso asegurar un soporte específico para las familias o cuidadores que atienden al alumnado y certificar el acompañamiento personalizado, si conviene con carácter er diario, del alumnado con discapacidad a través de los diferentes canales disponibles.
Al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y a las administraciones locales competentes en materia de servicios de atención a las personas con discapacidad , les recomienda, entre otros, que deben garantizar los apoyos asistenciales a los hogares en los casos en que los niños y adolescentes necesiten una asistencia más específica. Asimismo, cabe asegurar la continuidad de los servicios que atienden al colectivo de las personas con discapacidad y disponer de estrategias y de recu rsos para continuar ofreciendo los servicios que requieran en cada caso.
También recuerda que es neceario velar para dar respuesta a las necesidades diarias de las personas con discapacidad, y en caso de que lo requieran, incrementar y reforzar el funcionamiento de los dispositivos de teleasistencia domiciliaria o desplazamiento al domicilio que sean necesarios.
El Síndic llama la atención sobre la necesidad de que las personas que prestan asistencia a personas con discapacidad dispongan de los equipos de protección personal necesarios y pide que se active un plan de acción específico dirigido a identificar las necesidades concretas de cada uno de los centros residenciales para personas con discapacidad en Cataluña en materia de prevención, protección y seguimiento de posibles enfermos de la COVID -19 , tanto con respecto a las personas residentes como al personal trabajador.
También recomienda que se faciliten a las entidades sociales que desarrollan servicios de atención a las personas el acceso inmediato a pruebas de diagnóstico rápidas, con el objetivo de reforzar las plantillas y activar profesionales que están preventivamente confinados.
En cuanto al regreso voluntario al domicilio de las personas que viven en centros residenciales, el Síndic considera que únicamente se debería permitir en los casos en que se haya podido llevar a cabo la respectiva prueba diagnóstica de la COVID-19, con resultado negativo y siguiendo las indicaciones establecidas en las instrucciones de la Dirección General de Autonomía personal y la discapacidad del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias del 25 de marzo.
En relación con los niños y adolescentes, es aconsejable trasladarlos con su familia, siempre que sea posible, en la línea de las medidas adoptadas recientemente por la Dirección General de Atención a la Infància y a la Adolescència.
Ante la posibilidad de que aumenten las situaciones de negligencia, malos tratos y abusos en situaciones de confinamiento en centros residenciales, el Síndic pide que se extremen y se intensifiquen los trabajos de los servicios de inspección y las medidas de prevención en todas las instituciones de atención residencial de personas con discapacidad.
Asimismo, pide que se adopten medidas para evitar una situación de quiebra de los centros especiales de trabajo (CET) de iniciativa social, que incorporan al trabajo personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo. En caso de que tengan que cesar su actividad de forma parcial o total en el marco de un ERTE, deberían mantener las subvenciones salariales justificante otros gastos distintos de salarios.
En cuanto al Departamento de Salud, el Síndic recuerda que las personas con discapacidad tienen un riesgo más alto de contraer COVID-19 debido a factores como posibles enfermedades asociadas o por causa de los obstáculos para utilizar algunas de las medidas básicas recomendadas, como la higiene de manos o las medidas de aislamiento, entre otros. Adicionalmente, las políticas de aislamiento social pueden suponer, en el caso de las personas con discapacidades psicosociales, con discapacidad intelectual o con enfermedades y vulnerabilidad neurobiológica, como ahora las personas con trastorno del espectro del autismo, o con trastornos de conducta o cuadros de conductas disruptivas, cuadros de crisis, ansiedad o depresión, o los puede hacer sufrir un profundo malestar.
Para prevenir y atender estas situaciones, el Síndic recomienda que se refuercen los servicios de apoyo para la salud mental de adultos e infantojuvenil, y que se asegure la continuidad de la prestación de servicios comunitarios y de programas de orientación para situaciones de crisis que sean accesibles para todas las personas.
También destaca la importancia de considerar las necesidades específicas en cada caso en el desarrollo de estrategias de prevención y extremar medidas para prevenir la infección en las personas con discapacidad intelectual o con enfermedades y vulnerabilidad neurobiológica u otras situaciones que obliguen a un contacto permanente con otras personas o que hagan difícil aplicar otras medidas básicas de prevención.
Igualmente, el Síndic recomienda que se atiendan las consideraciones del Comité de Bioética de España contenidas en el Informe sobre los aspectos bioéticos de la priorización de recursos sanitarios en el contexto de la crisis del coronavirus.