El artículo 8 del Texto refundido de la Ley de urbanismo establece que se garanticen y se fomenten los derechos de iniciativa, de información y de participación ciudadana en los procesos urbanísticos
Debido a la escasez de recursos técnicos y la complejidad en el planeamiento, los ayuntamientos, las entidades interesadas y los particulares pueden tener problemas para presentar sus escritos en el plazo de consultas, con más motivo durante el mes de agosto
La institución considera que suspender la ampliación del plazo de información pública este verano puede implicar que se aproveche para tramitar planes que tienen la oposición de la colectividad
El Síndic de Greuges recomienda al Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña que modifique el texto del artículo 1 del Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas urgentes en materia de urbanismo, finanzas y ambiental, y que restablezca la ampliación de plazos en los trámites de información pública, consultas o cualquier trámite de información o participación ciudadana que coincidan con este mes de agosto. La institución ha iniciado una actuación de oficio para investigar las implicaciones y las garantías del Decreto-ley y evitar sus efectos negativos.
El Decreto-ley 18/2020, de 14 de mayo, dicta la suspensión, para el año 2020, de la ampliación de plazos para la resolución definitiva de las figuras de planeamiento urbanístico que establece la disposición adicional décima del Texto refundido de la Ley de urbanismo.
La disposición adicional décima ampliaba un mes los plazos de los trámites y de las resoluciones cuando coincidían con el mes de agosto, que es hábil a efectos urbanísticos. Esta prórroga facilitaba la consulta y la participación de las personas en la elaboración de los planes urbanísticos cuando se daba el caso. Su suspensión, según el preámbulo del Decreto-ley 18/2020, se debe "al obstáculo que supone recuperar, después de estas semanas de parálisis, la tramitación normal de las figuras urbanísticas, de las que a menudo dependen inversiones económicas importantes".
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la participación de las personas, así como la intervención de las administraciones y de las entidades afectadas garantizan la presencia del interés general frente a los intereses inmobiliarios. En este sentido, todas las medidas que favorezcan la intervención de todos en la elaboración del planeamiento son garantía de un urbanismo consensuado que responda a las necesidades de las personas, en cuyo diseño se ha fortalecido el control de la discrecionalidad administrativa, en este caso concreto, la corrupción urbanística.
Así, el artículo 8 del texto refundido de la Ley de urbanismo establece que se garantizan y se deben fomentar los derechos de iniciativa, de información y de participación de la ciudadanía en los procesos urbanísticos de planeamiento y de gestión. El Síndic ya ha manifestado en varias ocasiones que es una mala práctica la estrategia de hacer coincidir el trámite de información pública y de audiencia de los planes urbanísticos con períodos de vacaciones.
Este hecho es un obstáculo para que los interesados puedan organizar y asesorar a fin de disponer de suficiente información para presentar alegaciones fundamentadas. Asimismo, la institución ha constatado que por la escasez de recursos técnicos y por la complejidad de algunos instrumentos de planeamiento, los ayuntamientos y las entidades interesadas pueden tener problemas para presentar sus escritos en el plazo de consultas, con más motivo cuando coincide con el mes de agosto.
En consecuencia, el Síndic considera que suspender la ampliación del plazo de información pública este verano puede implicar que se aproveche para tramitar planes respecto a los que en un principio se prevé o se sabe que tienen la oposición de parte de la colectividad. Por este motivo, la institución insta al Departamento de Territorio y Sostenibilidad a modificar el artículo 1 del Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, y recuperar la ampliación de plazos en los trámites de información pública o de consultas o cualquier trámite de información o participación ciudadana que coincidan total o parcialmente con el mes de agosto.