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El Síndic pide medidas para paliar las desigualdades en el proceso de matriculación del alumnado catalán en las universidades del resto del Estado

25/08/2020

Foto (c) Pixabay

El calendario determinaba que los resultados de las pruebas se publicarían el día 27 de julio

La mayor parte de universidades españolas preveían fechas de preinscripción anteriores a la fecha de publicación de los resultados en Cataluña

El hecho de que en Cataluña no se haya podido respetar esta fecha supone una discriminación para el alumnado que ha realizado las PAU en Cataluña

La institución entiende que el mayor volumen de estudiantes en Cataluña puede haber dificultado la organización y el cumplimiento de plazos de las pruebas

El Síndic ha decidido abrir de oficio una investigación tras recibir algunas quejas de estudiantes que se consideran discriminados por el hecho de haber realizado las PAU en Cataluña respecto del resto de estudiantes de las diferentes comunidades autónomas a la hora de acceder a las universidades del resto del Estado español de su elección.

Las circunstancias excepcionales causadas por la COVID-19 han exigido que se adaptara el calendario de las PAU y de preinscripción y matrícula universitarias en todo el Estado español. Por este motivo, y con respeto del principio de autonomía universitaria y de las competencias de coordinación y de regulación del procedimiento de preinscripción, se dictó en el ámbito estatal una orden, que determinaba las características, el diseño y el contenido de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad.

En dicha orden se plasmó el acuerdo entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el de Universidades, a través de sus órganos de coordinación con las administraciones educativas competentes de las comunidades autónomas. También se establecía que las pruebas tendrían lugar entre el 22 de junio y el 10 de julio, y que los resultados provisionales debían publicarse antes del día 17 de julio. En cuanto a la convocatoria extraordinaria, se ponía como fecha límite el 17 de septiembre, y los resultados deben estar publicados el 23 del mismo mes. Sin embargo, el calendario en Cataluña establecía que los resultados se publicarían el 27 de julio, y en la convocatoria extraordinaria, el 8 de octubre.

Si bien corresponde a las universidades la admisión del alumnado, las administraciones competentes deben adoptar las medidas pertinentes para que las universidades puedan actuar coordinadamente y garantizar los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad. Además, en España rige el distrito único universitario, de modo que un estudiante que haya realizado las pruebas en Cataluña puede acceder a cualquier universidad del resto de España, si así lo ha indicado en su elección.

Por otra parte, la Secretaría de Universidades e Investigación expone que la decisión de hacer las pruebas en cuatro días y alargarlas hasta el 10 de julio vino determinada por la necesidad de cumplir las medidas de seguridad, y que el incremento de estudiantes matriculados ha implicado un proceso organizativo más complejo y un esfuerzo en el proceso de corrección. De acuerdo con ello, el Síndic entiende que el volumen de estudiantes en Cataluña ha podido dificultar más la organización y el cumplimiento de plazos de las pruebas que en otros territorios.

La Administración catalana indica que el alumnado afectado ha podido finalmente acceder a las universidades deseadas porque se han adoptado criterios de flexibilidad en los plazos y la provisión de plazas adicionales para los casos en los que el estudiante demostraba finalmente haber obtenido la calificación exigida, dada la excepcionalidad de la situación. Sin embargo, la falta de información sobre la calificación obtenida y la expectativa, por lo tanto, de ser admitidos en la universidad elegida puede haber condicionado la elección y haber perjudicado en este sentido a los estudiantes que no han obtenido la nota exigida o que han desistido por miedo a resultar excluidos.

En este sentido, el Síndic solicita que se posibilite a los estudiantes afectados por esta situación poder modificar el orden de preferencias una vez recibidas las calificaciones si lo desean, con el fin de que no se vean perjudicados respecto de los estudiantes del resto del Estado español.

Además, desea que se valore la situación causada con el fin de poder planificar y, en su caso, corregir los plazos establecidos para la convocatoria de septiembre, o tomar las medidas oportunas para que no se produzca ninguna situación de discriminación por este motivo.

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