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El Síndic insiste en la necesidad de concretar las medidas para garantizar la actividad lectiva del alumnado en situaciones de especial riesgo de salud ante el inminente inicio del curso

10/09/2020

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Se recomienda extremar las medidas en los centros educativos ubicados en entornos más complejos social y epidemiológicamente

Es necesario garantizar las mismas condiciones de escolarización para el conjunto del alumnado de centros epidemiológicamente iguales y no condicionarlo a la autonomía del centro

Es preciso asignar los medios de protección necesarios a los centros y garantizar la distribución de dispositivos electrónicos para el alumnado socialmente desfavorecido

El Síndic realizará el seguimiento de las dotaciones de profesionales y medios materiales y electrónicos a fin de garantizar un adecuado desarrollo de la actividad lectiva y se pone a disposición de la comunidad educativa y de la Administración para contribuir a resolver los problemas que puedan surgir

El Síndic de Greuges ha emitido una resolución dirigida al Departamento de Educación sobre las garantías para hacer compatible los derechos a la salud y a la educación, de cara al comienzo del curso 2020/2021, tras recibir más de un centenar de quejas de familias preocupadas por las condiciones en que se inicia el curso.

Entre otros aspectos, esta resolución remite a la situación de incertidumbre en que se encuentran muchos alumnos que padecen enfermedades crónicas de elevada complejidad que puedan aumentar el riesgo de gravedad en caso de contraer la Covid-19, o también de muchos alumnos que conviven con familiares con estas patologías, y que actualmente no saben si podrán asistir a los centros para seguir la actividad lectiva de forma presencial o bien podrán seguirla por vía telemática, o bien podrán acogerse a modalidades de atención educativa domiciliaria ya prevista para los alumnos que cursan enseñanzas obligatorias en centros sostenidos con fondos públicos y padecen una enfermedad prolongada que les impide asistir a las clases.

El Protocolo sobre la gestión de casos Covid-19 en los centros educativos prevé valorar la situación de los alumnos que padecen una enfermedad crónica de elevada complejidad susceptible de aumentar el riesgo de gravedad en caso de contraer la Covid-19 (enfermedades respiratorias graves, enfermedades cardíacas graves, enfermedades que afectan el sistema inmunitario, diabetes mal controlada, enfermedades neuromusculares o encefalopatías moderadas o graves, etc.), pero no especifica qué criterios hay que tener en cuenta ni las actuaciones generales a desarrollar con este colectivo para garantizar su derecho a la educación.

Este protocolo no menciona ni aporta criterios de actuación en relación con otros alumnos que experimentan situaciones específicas, tales como el alumnado con necesidades educativas especiales.

En este sentido, el Síndic ha pedido al Departamento de Educación que establezca, conjuntamente con el Departamento de Salud, directrices específicas en que se determinen las condiciones necesarias para garantizar la presencialidad de este alumnado en los centros, con las medidas de prevención y protección que correspondan, así como las condiciones en que eventualmente se deba adoptar medidas de no presencialidad para este alumnado si el contexto epidemiológico del centro no es favorable.

El Síndic recuerda que probablemente muchos centros tendrán a lo largo del curso entornos con una elevada transmisión comunitaria y un elevado riesgo de contagio del alumnado del centro, aunque sea preferentemente en el entorno familiar y comunitario. Para garantizar que el curso se desarrolla con la máxima normalidad posible dentro del contexto de excepcionalidad actual, el Síndic pide asegurar que los centros escolares disponen de los medios necesarios (mascarillas, material de higiene, instrumentos de toma de temperatura, refuerzo de los servicios de limpieza, etc.), las condiciones materiales adecuadas (tamaño de las aulas, garantías de ventilación, etc.), el personal docente y de apoyo suficiente, y las pautas adecuadas y claras para proteger la salud del alumnado y del conjunto de la comunidad educativa en los diferentes escenarios posibles de transmisión de la pandemia, con la máxima previsión para evitar improvisaciones y garantizar el mejor desarrollo posible de la actividad lectiva. Estos medios y protocolos deben estar a disposición de los centros para el inicio de curso.

En todo caso, la interrupción de la actividad lectiva presencial a lo largo del curso no debe estar provocada por la falta de estos medios y condiciones necesarios.

En cuanto a las ratios, el Gobierno ha planteado la necesidad de reducir las ratios en lo posible, y se especifican las ratios de 20 alumnos en primaria. En el caso de secundaria, sin embargo, estas ratios recomendadas están indeterminadas.

El Síndic recuerda que esta indeterminación no puede justificar una elevada prevalencia de grupos que se sitúen por encima de esta ratio. Este hecho puede ser especialmente perjudicial en función del contexto epidemiológico del centro, cuando sea necesario implementar medidas que extremen la prevención de posibles contagios dentro del centro.

El Síndic también ha pedido al Departamento de Educación que determine la necesidad de personal docente y de apoyo adicional para implementar las medidas complementarias aprobadas por el Gobierno, así como, en su caso, la necesidad de modificar la disposición de espacios alternativos y horario escolar si, con estas medidas, se garantiza mejor el derecho del alumnado a la educación presencial con garantías de protección de la salud para el conjunto de la comunidad educativa.

Las necesidades organizativas y de infraestructura de los centros para cumplir las recomendaciones de las autoridades sanitarias a la hora de prevenir el contagio, como son la disposición de profesionales, de espacios o de otros medios necesarios, no deben ser un obstáculo para que el curso 2020/2021 se desarrolle en modalidad presencial, siempre que se puedan encontrar soluciones alternativas. Las necesidades organizativas no deben pasar por delante del interés superior del niño, que no es otro que desarrollar la actividad lectiva en condiciones de presencialidad, de acuerdo con el derecho a la educación de los niños en igualdad de oportunidades.

En esta línea, cabe garantizar las mismas condiciones de escolarización para el conjunto del alumnado en los centros que compartan un entorno con las mismas condiciones epidemiológicas. Los planes de actuación y los protocolos deben adaptarse a la realidad de cada centro, pero no debería suceder que el alumnado de centros en entornos con las mismas condiciones epidemiológicas tuvieran diferentes modalidades de escolarización (presencial o híbrida, etc.) o diferentes estándares y garantías educativas en función de aspectos como la disponibilidad de espacios o de profesionales, o que estas condiciones básicas fueran determinadas por cada centro de acuerdo con su margen de autonomía.

Asimismo, es necesario que los centros escolares establezcan medidas para garantizar la continuidad de la actividad lectiva en los casos de cuarentena del grupo estable de convivencia, así como medidas para garantizar esta continuidad en el caso de alumnos que, por ser sospechosos ser positivos o familiares de un caso positivo, o por ser alumnos vulnerables, no puedan seguir la actividad lectiva al mismo ritmo que el resto de alumnos del grupo estable de convivencia. Si bien hay que valorar positivamente las actuaciones contenidas en el Plan de educación digital en Cataluña (106 millones de euros para el curso 2020/2021), que incorpora el Proyecto estratégico para la aceleración de la transformación digital de los centros educativos de Cataluña y abordaje de la brecha digital, los dispositivos necesarios deben estar a disposición de los centros al  inicio del curso 2020/2021, para evitar que se repitan los retrasos en la distribución que se produjeron en el tercer trimestre del curso 2019/2020, que afectaron el buen seguimiento del curso por parte del alumnado.

Finalmente, el efecto del confinamiento y la situación de crisis derivada de la pandemia de la Covid-19 tienen un impacto especialmente significativo en los centros con elevada complejidad, y acentúan no solo sus necesidades de incrementar la dotación de plantillas y que dichas plantillas sean más multidisciplinares sino también la necesitat de aumentar los gastos de funcionamiento de los centros. Sin embargo, a pesar de los recursos adicionales destinados por el Departamento de Educación, el Protocolo sobre la gestión de casos Covid-19 en los centros educativos no prevé medidas específicas que tengan en cuenta el impacto diferencial de la pandemia por origen social y por composición social de los centros. En este contexto, es necesario que el Departamento de Educación incorpore a los protocolos estas medidas específicas para los centros ubicados en entornos sociales desfavorecidos, tales como, por ejemplo, en su caso, incrementar la dotación del personal enfermero de referencia para que pueda desarrollar un trabajo de prevención con familias y docentes, o la posibilidad de intensificar los controles específicos de los posibles contagios.

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