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El Síndic recomienda crear una comisión en el Parlamento que investigue los abusos prescritos cometidos por miembros de la Iglesia católica

02/10/2020

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Informe La prevención y reparación de los abusos sexuales infantiles por representantes de la Iglesia católica

Los trabajos de la Comisión para el estudio de los abusos sexuales en el marco de la iglesia han dado respuesta a las necesidades de verdad, justicia y reparación, de acuerdo con los estándares internacionales de respeto a los derechos humanos

Como consecuencia de las actuaciones llevadas a cabo, se concluye que en instituciones religiosas en Cataluña en diversos momentos se han producido abusos sexuales contra niños y adolescentes

Del relato de algunos testigos se ponen de manifiesto problemas cognitivos en las relaciones interpersonales , y en la vida sexual, trastornos mentales y problemas asociados al consumo abusivo de sustancias

Actualmente, los diversos obispados y las congregaciones religiosas disponen de procedimientos dirigidos a la prevención del abuso sexual infantil 

El síndic, Rafael Ribó, y la adjunta para la defensa de los derechos de los niños y adolescentes, M. Jesús Larios, impulsaron la creación de una comisión para el estudio de los abusos sexuales en el marco de la Iglesia integrada por expertos en la materia: la doctora Olga Casado, la psicóloga Noemí Pereda y el jurista Josep Maria Tamarit. Fruto de los trabajos de la Comisión se ha presentado en el Parlamento de Cataluña el Informe La prevención y reparación de los abusos sexuales infantiles (en catalán) por representantes de la Iglesia Católica. La Comisión creó siguiendo unos patrones similares a los de varias iniciativas internacionales y su actuación se ha desarrollado en el ámbito de la reparación y un procedimiento de prevención.

El procedimiento de reparación ha facilitado a las víctimas de abuso sexual un espacio donde han podido expresar libremente su experiencia y una vía para solicitar una reparación por parte de la Iglesia. Tras escuchar a la persona solicitante, y una vez examinada la documentación aportada, la Comisión ha realizado una valoración del caso y cuando ha considerado que existían indicios razonables de que los hechos se produjeron, ha evaluado los efectos físicos, psíquicos, económicos y morales que tuvieron para la víctima.

La Comisión ha recibido varias quejas relacionadas con hechos cometidos por miembros de diferentes congregaciones religiosas: Jesuitas-Compañía de Jesús, Benedictinos-Abadía de Montserrat, Claretianos, Escuelas Pías, La Salle, Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl e Hijos de la Sagrada Familia.

Como consecuencia de las actuaciones llevadas a cabo, la Comisión concluye que en instituciones religiosas en Cataluña en diversos momentos se han producido abusos sexuales contra niños y adolescentes que han afectado varias personas. Sin embargo, no existe una correspondencia entre el número de víctimas que se han dirigido a la Comisión y el número real de casos, ya que de la documentación estudiada se desprenden indicios de un número de víctimas mucho más elevado que ha sido imposible de determinar. Es un hecho reconocido en los estudios sobre abuso sexual infantil que sólo una pequeña parte de casos llega a ser denunciada. El porcentaje de casos denunciados, según los estudios que se han hecho en España y en Cataluña, se sitúa en menos del 10%, sin que los abusos sexuales que tienen lugar en el entorno de instituciones religiosas sean una excepción. Así, se puede afirmar que tanto los testigos entrevistados por la Comisión como los casos denunciados suponen la representación de una realidad mucho más extensa, tal como se deriva de todos los relatos, y que cabe tener en cuenta.

La mayoría de los casos estudiados responden a la descripción de hombres que tenían entre 5 y 17 años en el momento en que se cometieron los abusos, aunque también se han recibido testimonios de familiares. La mayoría de los abusos tuvieron lugar en las décadas de los años 60 y 70 del siglo pasado, aunque también se han constatado casos correspondientes a los años 90.  

En general, a excepción de tres casos, los abusos fueron reiterados y llegaron a durar años, tal como se ha visto en otros estudios nacionales con víctimas de abuso sexual infantil y que muestran la gravedad de los hechos cometidos. En cuanto al lugar, los abusos se cometieron en salidas a la montaña, excursiones, ejercicios espirituales, campamentos o encuentros de escoltas, en espacios de la institución y en internados. También en algún caso en el domicilio familiar de la víctima o en un piso del abusador.

En los hechos que ha conocido la Comisión, el contacto de los niños y los adolescentes con el abusador se había producido como consecuencia de una relación de confianza entre los padres de los niños con la institución y, además, en algunos casos, con el mismo abusador.

Las personas entrevistadas coinciden en afirmar que los abusos sexuales eran una práctica habitual en el contexto que exponían y que afectaban a muchos otros chicos o chicas. En general, el abusador era una persona muy cercana y que se ganaba la confianza de los chicos y de sus familias, reconocido por su entorno y con muy poco control y supervisión por parte de la institución religiosa. Los testigos describen una forma de actuación similar en cada caso, en que el abusador utilizaba las mismas técnicas y las mismas palabras para acercarse a los chicos y buscaba a los más vulnerables para ganarse la confianza.

Los casos examinados por la Comisión han puesto de relieve que, como muestra la investigación sobre los efectos de los abusos sexuales cometidos en instituciones religiosas, algunas personas han sufrido consecuencias psicológicas graves que están relacionadas, de manera directa o indirecta, con los abusos sufridos. En algunos casos también han sufrido consecuencias en su salud física y perjuicios económicos. Con independencia de la gravedad de los efectos, todas las personas afectadas que han comparecido y manifestaron que habían puesto los hechos en conocimiento de la institución a la que pertenecía el abusador han hecho patente una insatisfacción por la respuesta que han recibido de la institución.

La experiencia de abuso sexual en la infancia es una de las formas de victimización interpersonal más asociada con el desarrollo de problemas psicológicos, ya que conlleva una grave vulneración de los derechos y de la libertad sexual y afectiva de los niños y adolescentes, y también una amenaza a su integridad física y emocional.

Los testigos hablan de sentimientos de rabia, desconfianza, tristeza, indefensión e impotencia. Los síntomas depresivos y de ansiedad se repiten en la mayoría de los testigos.

Tal como se ha obtenido en estudios previos con víctimas de abuso sexual infantil y otras experiencias de violencia interpersonal, la reparación que piden los testigos hace referencia a la investigación, el reconocimiento y la disculpa por parte de la institución, la no repetición los hechos y la atención a las víctimas. Sólo en dos casos las víctimas que han comparecido han pedido, además de la reparación moral, una compensación económica.

La respuesta de las congregaciones religiosas al envío de casos por parte de la Comisión ha sido ha sido diversa, lenta y en algunos casos insuficiente, y en otros no ha permitido obtener más elementos que completen la información sobre los casos o que hayan mostrado una voluntad favorable a la reparación por parte de las congregaciones. Sin embargo, cabe mencionar que esta respuesta ha sido diversa y en el caso de los Jesuitas, La Salle y Escuela Pia se han podido llevar a cabo reuniones y se ha obtenido respuesta. 

En general, la respuesta de las congregaciones religiosas ha sido reactiva a la presentación de las quejas, en mayor o menor grado, pero no han mostrado una actitud proactiva para conocer e investigar otros casos que se pueden haber producido en el seno de su institución. Tampoco se ha mostrado una disposición a establecer vías de reparación a favor de las víctimas, con alguna excepción puntual.

La percepción de las víctimas respecto de la actitud de las congregaciones es de desconfianza. Principalmente, por la falta de actuación inicial respecto a los hechos. Asimismo, algunas ya se habían dirigido a la congregación antes de dirigirse a la Comisión, pero no se sintieron acogidas ni obtuvieron una respuesta satisfactoria.

En los casos en que ha habido investigaciones han sido esencialmente de carácter interno, y han facilitado poca información respecto a los procedimientos seguidos, independientemente de que hayan incluido en este procedimiento alguna persona externa, hecho que ha generado nuevamente desconfianza en las víctimas.

En mayo de 2019 la Santa Sede publicó la carta apostólica en forma de motu proprio o "Vosotros sois la luz del mundo", que regula las actuaciones que se deben llevar a cabo en situaciones de abuso sexual en el seno de la Iglesia católica, y establece la obligación de informar "sin demora" a los superiores dentro de la Iglesia sobre cualquier denuncia de que se tenga conocimiento y permite actuar de oficio. Sin embargo, no incluye la comunicación a las autoridades civiles.

Actualmente, los diversos obispados con sede en Cataluña y las congregaciones religiosas con presencia en Cataluña disponen de procedimientos dirigidos a la prevención del abuso sexual infantil, en algunos casos con la elaboración de protocolos y la creación de comisiones específicas y buzones o teléfonos de atención ante posibles casos de abuso. Se han detectado diferencias en los procedimientos adoptados por las diversas congregaciones. Algunas han elaborado mecanismos con un adecuado apoyo profesional especializado en la prevención de abusos, pero en otros casos se han detectado deficiencias, como, por ejemplo, algunos enfoques del problema de los abusos sexuales, en el que la prioridad parece puesta en la prevención de riesgos jurídicos y la defensa jurídica de la institución ante posibles denuncias, como en el caso del protocolo de la Salle, por lo que se ha sugerido la aprobación de un nuevo protocolo.

 
Recomendaciones

1. Reconocimiento y responsabilidad. Cuando haya denuncias o indicios de abusos, presentes o pasados, las instituciones deben facilitar y promover el descubrimiento de la verdad sobre los hechos, sin que la prescripción, la muerte del presunto abusador o el hecho de que haya dejado de ser miembro de la institución las exima de esta responsabilidad.

2. Reparación a las víctimas . Las víctimas tienen derecho a la reparación y, ante este derecho, las instituciones públicas y la Iglesia católica deben asumir su responsabilidad, independientemente de que los casos hayan prescrito según la ley penal o no. 

Información . La Iglesia ha de facilitar la realización de estudios e investigaciones mediante procedimientos transparentes y confiables de un problema que afecta a sus representantes y miembros más vulnerables, y ofrecer toda la información de que dispongan sobre esto.

4. Protocolos de prevención e intervención . Las congregaciones religiosas deben diseñar protocolos relativos a cómo evitar nuevos abusos, y regular y formalizar en protocolos específicos las actuaciones a seguir ante el descubrimiento de un nuevo caso. Estos deberían ajustarse a las previsiones de los protocolos impulsados por la Administración. 

5. Formación interna en el ámbito preventivo, de detección y actuación, y mecanismos de apoyo y supervisión . Es necesario que las entidades que trabajan en este ámbito ofrezcan formación continuada a los que vayan a estar en contacto con niños, tanto en cuanto a la detección y las actuaciones que deben llevarse a cabo, como en cuanto a los protocolos existentes y las obligaciones legales de denuncia. Los representantes de la Iglesia han de conocer los criterios de conducta y los límites que deben mantener con los niños con los que tienen relación, obtener respuestas respecto a los problemas que puedan tener sobre la sexualidad y el celibato, y recibir apoyo y supervisión cuando muestren signos de agotamiento emocional, problemas psicológicos o una conducta anómala.

6. Responsabilidad de las instituciones públicas. La Administración pública debe garantizar la protección de los niños en todos los espacios de vida. En caso de que haya una relación contractual o concierto, se debe garantizar que el prestador de este servicio, en este caso la Iglesia, se somete a la normativa de protección de los niños ya todos los protocolos e instrumentos disponibles. También debe promover la protección en otros espacios de la Iglesia católica donde haya actividades en las que participen niños.

7. Investigación parlamentaria. El Parlamento de Cataluña debería crear una comisión de investigación de los casos de abuso sexual y maltrato en la Iglesia católica y otras instituciones que han tenido lugar en Cataluña que permita una reparación a favor de las víctimas de los casos prescritos. Esta comisión debería prever procedimientos de justicia restaurativa en el que puedan participar las instituciones afectadas y las víctimas.

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