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El Síndic investiga el presunto maltrato a un bebé de Lleida

29/01/2021

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Investiga las actuaciones de detección, prevención y coordinación frente al presunto maltrato

La normativa establece la obligación de los poderes públicos de adoptar todas las medidas necesarias para proteger a los niños de cualquier forma de maltrato

El Síndic ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación de ingreso en el Hospital a la Vall d'Hebron de un bebé de 15 meses por maltrato infantil, presuntamente cometido por la pareja de su madre.

Con el objetivo de supervisar la intervención de las diferentes administraciones implicadas (DGAIA, Servicio Catalán de la Salud y el Ayuntamiento de Lleida) y valorar el funcionamiento de los protocolos de coordinación existentes, el Síndic ha abierto una actuación de oficio. 

El Síndic recuerda que la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño establece la obligación de los estados de proteger al niño contra todas las formas de violencia física o mental mientras está bajo la guarda de sus padres, tutores legales o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

En Cataluña, la Ley 14/2010, sobre los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia, establece la obligación de los poderes públicos de tomar todas las medidas necesarias para proteger a los niños y los adolescentes de cualquier forma de maltrato. Esta ley también alude a la responsabilidad de los profesionales y de todos los ciudadanos para la protección de los niños ante los malos tratos y prevé la obligación de las diferentes administraciones de colaborar desde sus ámbitos de actuación.

El Protocolo marco de actuaciones en casos de abusos sexuales y otros maltratos graves a menores, impulsado por el Síndic el año 2006 a raíz de las carencias detectadas en varios incidentes por malos tratos graves, se elaboró con el objetivo de asegurar, ante las situaciones de maltrato infantil, una coordinación eficaz entre las diversas instituciones implicadas.

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