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El Síndic recuerda la necesidad de homogeneizar las tarifas sociales y de emitir duplicados de títulos de las tarjetas personalizadas ante la inminente puesta en marcha de la T-Movilidad

05/03/2021

foto (c) Gencat
El retraso en la implementación de la T-Movilidad hace que el Síndic continúe recibiendo quejas frecuentes

El Síndic ha abierto una actuación de oficio para estudiar la implementación y la garantía de los derechos de las personas a la movilidad

A través de diversos medios de comunicación el Síndic fue conocedor de que el próximo 21 de abril es la fecha prevista para la puesta en marcha de la T-Movilidad, aunque de manera limitada en los municipios del área metropolitana de Barcelona y para las personas usuarias de las T-Usual y T-Joven.

La T-Movilidad, el nuevo título de transporte integrado de Cataluña, ha sufrido muchos retrasos y aplazamientos en su implementación y ha sido objeto de estudio por parte del Síndic en numerosas ocasiones, a través de quejas, informes anuales e informes monográficos. De todo este trabajo previo el Síndic pone de relieve que los retrasos y aplazamientos constantes, afectan, especialmente, a dos cuestiones que es necesario resolver. Por un lado, la necesaria homogeneización de las tarifas o títulos sociales entre los diferentes municipios y empresas operadoras; y por otro, la falta de emisión de duplicados en caso de robo o pérdida de las tarjetas de transporte personalizadas.

En el Informe sobre los precios de los transportes públicos, de julio de 2014, y en el Informe sobre los derechos de las personas en los servicios ferroviarios en Cataluña, de octubre de 2016, el Síndic ya pedía que se debían buscar formas para emitir duplicados de títulos de las tarjetas personalizadas de la ATM cuando son objeto de pérdida o robo, con el importe restante, y con los correspondientes mecanismos para evitar el fraude.

La falta de homogeneización de la tarifación social por parte de los operadores de transporte público también ha sido una problemática muy estudiada por el Síndic. Por este motivo, el Síndic ha advertido a menudo a las administraciones públicas implicadas que es conveniente unificar tanto la tipología como los requisitos de acceso para evitar que situaciones de usuarios idénticas tengan tratamientos diferentes en función del municipio.

El Código de consumo de Cataluña considera que los transportes son un servicio básico, es decir, unos servicios de carácter esencial y necesarios para la vida cotidiana o que tienen un uso generalizado entre las personas consumidoras. En esta línea identifica unos colectivos de especial protección en las relaciones de consumo, como los niños y los adolescentes, las personas mayores, las personas enfermas, las personas con discapacidades y cualquier otro colectivo en situación de inferioridad o indefensión especiales.

Ante la inminente puesta en marcha de la T-movilidad, el Síndic ha abierto una actuación de oficio para estudiar su implementación y si esta tiene en cuenta cuestiones como las planteadas y la garantía de los derechos de las personas en la movilidad, especialmente de aquellas que integran los colectivos especialmente protegidos.

Concretamente, el Síndic se ha dirigido a la Autoridad del Transporte Metropolitano para pedir información sobre la puesta en marcha del proyecto, el alcance de esta primera etapa, el calendario con el que se trabaja y las medidas de información que se piensan llevar a cabo con las personas usuarias.

Tema del mes

El Síndic de Greuges ha iniciado la fórmula de tratar de manera monográfica e integral durante un mes cuestiones que afectan a las personas que se dirigen a la institución. Si el mes de febrero se dedicó al análisis del derecho a voto y las elecciones en contexto de pandemia, ahora han tomado el relevo los servicios de transportes y el derecho a la movilidad, considerados como un servicio básico de acuerdo con el Código de consumo de Cataluña.

Toda la información se encuentra en el siguiente enlace: tema del mes

 

 

 

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