El Síndic considera urgente la aprobación en Les Corts de una legislación que establezca límites al precio del alquiler de las viviendas
La sentencia del TC ha declarado inconstitucional la ley catalana de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda
Pide al Defensor del Pueblo que promueva un marco normativo común en todas las comunidades autónomas que permita garantizar una mayor asequibilidad de los precios del alquiler
La nueva normativa española debería ser al menos igual de exigente que la catalana que se ha declarado inconstitucional
La Ley 11/2020, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda, pretendía establecer un tope en el crecimiento de los precios del alquiler, limitado a las áreas que hayan sido declaradas áreas con mercado de vivienda tienes y siempre que se cumplan una serie de requisitos que detalla la propia normativa, como mecanismo para favorecer el acceso a la vivienda al conjunto de la ciudadanía. Esta normativa prevé que el precio de referencia de los contratos de alquiler sujetos al régimen de contención de precios se establezca a partir de un índice de referencia de precios de alquiler de viviendas que determina y hace público el Departamento de Vivienda de la Generalitat de Cataluña.
A principios de este mes de marzo, el Tribunal Constitucional ha resuelto el recurso de inconstitucionalidad que se presentó contra la citada ley y ha declarado inconstitucionales y nulos algunos artículos y disposiciones. Esta inconstitucionalidad se justifica por entender que suponen una invasión de competencias de Cataluña en las del Estado.
El Síndic es conocedor de que actualmente existe un proyecto de ley para el derecho a la vivienda presentado ante el Congreso de los Diputados que, entre otros, prevé en su disposición final primera una serie de medidas de contención de precios de las rentas de los alquileres. A criterio del Síndic, esta normativa debería ser, al menos, igual de exigente que lo era la normativa catalana declarada inconstitucional.
En este contexto, el Síndic se muestra preocupado por las consecuencias que puede tener esta sentencia en el derecho a la vivienda si desde el Estado no se adoptan las medidas necesarias para impulsar la aprobación de una legislación. A criterio del Síndic, una de las principales dificultades que tiene la ciudadanía actualmente, especialmente, los colectivos más vulnerables, es el acceso a la vivienda por el elevado precio de los alquileres, de lo que se deriva la necesidad de que se establezcan unos límites del precio, de acuerdo con la función social del derecho de propiedad.
Por todo ello, el Síndic ha abierto una actuación de oficio y se ha dirigido al Defensor del Pueblo para que, si lo considera oportuno, intervenga ante la Administración del Estado con el objetivo de promover un marco normativo común que permita garantizar una mayor asequibilidad de los precios del alquiler del mercado privado en el conjunto de las comunidades autónomas.
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